Boletines/Rauch

Decreto Nº168/24

Decreto Nº 168/24

Rauch, 19/02/2024

Visto

La solicitud de habilitación del comercio en el rubro “Servicios de Esparcimientos Relacionados con Juegos de Azar y Apuestas”, realizada por el Sr. Lucas Bernatene, D.N.I. Nº 32.844.414, que tramita por Expediente Nº 4093-7702/14, inscripción número 2-4-13.-

La solicitud de cambio de titularidad del comercio, realizada por el Sr. Lucas Bernatene, D.N.I. Nº 32.844.414 a favor del  Sr. Felipe Paulo Recio, D.N.I. Nº 24.695.661 que tramita por Expediente Nº 4093-7702/14 Alcance I.-

El Decreto N° 165/15.-

La Ordenanza Fiscal 248/00, según texto modificado y ordenado por Ordenanza 1296/18 y modificatorias; y

Considerando

Que mediante Decreto N° 165/15 se concedió al Sr. Lucas Bernatene la habilitación del comercio en el rubro de “Servicios de Esparcimientos Relacionados con Juegos de Azar y Apuestas”, inscripción N° 2-4-13, ubicado en calle Rondeau Nº 360 de  la ciudad de Rauch.

Que, mediante nota N° 17502 que obra en las actuaciones mencionadas en los vistos, el Sr. Lucas Bernatene, solicita el cambio de titularidad de su comercio a favor del Sr. Felipe Recio.

Que conforme lo informado por las respectivas Oficinas Municipales, de la documentación aportada a los expedientes mencionados en los vistos, a la fecha de la solicitud, surge que no existe impedimento alguno para dar curso favorable a la misma, en los términos del artículo 107 bis apartado dos de la Ordenanza 1431/20.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:                                                                                          

D E C R E T A.-

Artículo 1ro.- Conceder la habilitación permanente, por cambio de titularidad, del comercio en el rubro de “Servicios de Esparcimientos Relacionados con Juegos de Azar y Apuestas”, ubicado en calle Rondeau Nº 360 de la ciudad de Rauch, al Sr. Felipe Recio, D.N.I. Nº 24.695.661, inscripción número 2-4-13, en un todo de acuerdo a los vistos y considerandos del presente.-

 

Artículo 2do.- Por la Oficina de Inspección General notifíquese al requirente, haciéndose entrega del Certificado de Habilitación Permanente, debiendo éste ser enmarcado y colocado en lugar visible de dicho comercio, bajo pena de multa en caso contrario.-

 

Artículo 3ro.-  La Oficina de Inspección General deberá controlar el cumplimiento de los recaudos previstos, en el artículo 107 bis de la Ordenanza Fiscal, para la renovación del Certificado de Habilitación correspondiente.-   

 

Artículo 4to.-  El presente decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete.-

 

Artículo 5to.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las oficinas Municipales que correspondan y dése al Libro de Decretos.-

 

Fdo. Lic. Juan Manuel Arbel - Jefe de Gabinete.

Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.