Boletines/Benito Juarez

Resolución Nº161/2024

Resolución Nº 161/2024

Benito Juarez, 10/04/2024

Visto

lo actuado en  Expte. Letra “R” Nº  194/2021, en el cual a fs. 22, 26 y 27 obran notas refrendadas por el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y del Subdirector de Pavimentación y Bacheo, informando que el agente LATORRE SAMUEL ANGEL (L.P. 3418) ha faltado sin justificativo alguno a su lugar de trabajo, los días 26/12/2023, 19 y 20 de Febrero de 2024; y

Considerando

que se ha garantizado el derecho a defensa del agente cuyas conductas se cuestionan (conf. fs. 23, 24 y 29);

QUE con su accionar el agente violó lo dispuesto en el art. 81 inc. a) del C.C.T.M., por lo que puede concluirse que su conducta se adecua al tipo infraccional previsto en el art. 84 inc. 3) del C.C.T.M. “Negligencia en sus tareas”, siendo pasible de una sanción correctiva;

QUE a fs. 32 obra nota de la Directora de Recursos Humanos, donde propone la sanción de SUSPENSION por el término de cinco días al agente en cuestión, e informa que conjuntamente con los haberes de Enero y Febrero se le han descontado los días de ausencia injustificada;

QUE en cuanto a la graduación de la pena, el art. 110 del C.C.T.M., dispone: “A los efectos de la graduación de las medidas disciplinarias que deban aplicarse a los trabajadores de Administración Municipal, se consideran reincidentes los trabajadores que hayan sufrido alguna de las acciones correctivas previstas por este estatuto dentro del lapso de dos (2) años a la fecha de la comisión de la nueva falta”;

QUE en tal sentido, a fs. 20/21 obra Resolución Municipal Nº 261/2022, de fecha 23/06/2022 por la cual se sanciona al agente con una suspensión de tres días  por reiteradas llegadas tarde y ausencias injustificadas a su trabajo;

QUE a fojas 33 y 34 obra dictamen de la Asesora Legal de la Comuna, sugiriendo el dictado del pertinente acto administrativo para proceder a la suspensión de cinco (5) días sin goce de haberes del agente en cuestión;

QUE el Sr. Secretario de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE  MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE:

Artículo 1º.-Aplicar  la sanción de “CINCO DIAS DE SUSPENSIÓN” sin goce de haberes, al agente LATORRE SAMUEL ANGEL (L.P. 3418),  de acuerdo a lo normado en el art. 83 inc. c) del C.C.T., el cual autoriza a la sanción propuesta por negligencia en sus tareas y a lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº  194/2021.

Artículo  2º.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.

Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.

Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y Auditoría, cumplido, archívese.

SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA,

VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS

ARQ. DIEGO ROSSETTI

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

RESOLUCIÓN  Nº 161.-