Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 171/2024
Benito Juarez, 16/04/2024
Visto
lo actuado en Expte. Letra “R” Nº 127/2022, en el cual la Sub Directora del Hogar de Ancianos informa los hechos ocurridos con el agente PALACIOS PABLO JAVIER (L.P. 3668) quien ha incurrido en ausencias injustificadas a su lugar de trabajo y no ha cumplido correctamente el horario de ingreso y egreso del mismo; y
Considerando
que según constancias de fs. 41 y 43 se ha garantizado el derecho a defensa del agente (conf. art. 24 de la Ley 14.656);
QUE el inc. a) del art. 81 del CCTM, dispone la obligación de: “Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal.;
QUE consecuentemente con ello, se puede concluir que su conducta se adecua a la falta prevista en el artículo 8 inc. 3 del C.C.T.M.: “Negligencia en el cumplimiento de sus tareas”;
QUE a fojas 47 la Directora de Recursos Humanos solicita aplicar la sanción de Suspensión de cinco días, sin goce de haberes e informa que conjuntamente con los haberes de Enero y Febrero, se le han descontado los días de ausencia injustificada;
QUE de fojas 48 y 49 obra informe de la Asesora Legal de la Comuna, sugiriendo la aplicación de la sanción solicitada, por considerarse procedente la aplicación de la sanción propuesta prevista en el art. 83 inc. c) de dicho Convenio;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
RESUELVE:
Artículo 1º.-Aplicar sanción de SUSPENSION DE CINCO DIAS sin goce de haberes, al agente PALACIOS PABLO JAVIER (L.P. 3668), de acuerdo a lo dispuesto en el art. 83 inc. c) del C.C.T.M y a lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº 127/22.
Artículo 2º.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaria de Salud.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Salud y Auditoría cumplido, archívese.
SECRETARIA DE SALUD
SRA. SOUTRELLE ANDREA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCIÓN Nº 171.-