Boletines/Benito Juarez

Resolución Nº170/2024

Resolución Nº 170/2024

Benito Juarez, 12/04/2024

Visto

lo actuado en  Expte. Letra “R” Nº 184/22, en el cual la Directora del Hogar de Ancianos informa que el agente ALVAREZ JERONIMO (L.P. 3688) no se ha presentado a su lugar de trabajo los días 5 de Febrero y 7 y 8 de Marzo  del corriente año, sin justificativo alguno; y

Considerando

que según constancias de fs. 14 y 16 se ha garantizado el derecho a defensa del agente (conf. art. 24 de la Ley 14.656) sin que el mismo se haya expedido;

QUE  el inc. a) del art. 81 del CCTM, dispone la obligación de: “Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal.;

QUE consecuentemente con ello, se puede concluir que su conducta se adecua a la falta prevista en el artículo 8 inc. 3 del C.C.T.M.: “Negligencia en el cumplimiento de sus tareas”;

QUE a fojas 29 la Directora de Recursos Humanos solicita aplicar la sanción de Suspensión de dos días, sin goce de haberes e informa que conjuntamente con los haberes de Febrero y Marzo, se le han descontado los días de ausencia injustificada;

QUE de fojas 30 y 31 obra informe de la Asesora Legal de la Comuna, sugiriendo la aplicación de la sanción solicitada, por considerarse procedente la aplicación de la sanción propuesta prevista en el art. 83 inc. c) de dicho Convenio;

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL  INTENDENTE  MUNICIPAL, en uso de sus facultades;

RESUELVE:

Artículo 1º.-Aplicar sanción de SUSPENSION DE DOS DIAS sin goce de haberes, al agente ALVAREZ JERONIMO (L.P. 3688), de acuerdo a lo dispuesto en el art. 83 inc. c) del C.C.T.M y a lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº 184/22.

Artículo  2º.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.

Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo la  Sra. Secretaria de Salud.

Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Salud y Auditoría cumplido, archívese.

SECRETARIA DE SALUD

SRA. SOUTRELLE ANDREA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

RESOLUCIÓN  Nº 170.-