Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 166/2024
Benito Juarez, 11/04/2024
Visto
lo actuado en el Expte. Letra “R” Nº 23/2024, en el cual a fs. 2 obra nota del Director General de Servicios informando que el agente FERNANDEZ DIAZ JERONIMO (L.P. 3824) no se presentó a trabajar el día 4 de Marzo del corriente año, sin justificativo alguno; y
Considerando
según constancias de fs. 4, se ha garantizado el derecho a defensa (conforme lo estipula el artículo Nº 24 de la Ley 14.656);
QUE el art. 81 del Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.M.), referente a las obligaciones del trabajador dispone: “(…) a) Prestar los servicios en forma regular y continua (…), con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal”;
QUE el art. 54 del mencionado Convenio, dispone: “La falta injustificada traerá aparejada la pérdida del derecho a retribuciones por el o los días que dure su ausencia, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que por igual motivo establece la normativa vigente, en razón del deber de diligencia y colaboración (…)”;
QUE a fojas 6 obra nota de la Directora General de Recursos Humanos solicitando aplicar la sanción de LLAMADO DE ATENCION al agente mencionado e informa que la falta injustificada ha sido descontada de los haberes del mes de Marzo;
QUE a fojas 7 obra dictamen de Asesoría Legal de la Comuna, sugiriendo la aplicación de la sanción solicitada, en el marco de lo dispuesto por el art. 83 inc. a) del C.C.T.M.;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE:
Artículo 1º.-Aplicar la sanción de LLAMADO DE ATENCION al agente FERNANDEZ DIAZ JERONIMO (L.P. 3824) de acuerdo a lo dispuesto en el art. 83 inc. a) del C.C.T.M. y a lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº 23/2024.
Artículo 2º.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Hacienda, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y Auditoría cumplido, archívese.
SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS INTERINO
ING. NAHUEL AFFONSO
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCIÓN Nº 166.-