Boletines/San Andrés de Giles

Resolución Nº105/2017

Resolución Nº 105/2017

San Andrés de Giles, 24/05/2017

Visto

Que con fecha 7 de abril de 2017, el Director de Recaudación,  notifica la constancia  enviada para la cancelación del   plan  de pagos    N º 12524 de la firma Don Teofilo SA, donde manifiesta  que oportunamente se efectuó interdepósito para la cancelación de la cuota  3ª  en concepto de la Tasa por Servicios Rurales, y

 

Considerando

 

                                                         Que dicho interdepósito fue efectuado el día 12 de diciembre de 2016, en virtud de  no tener residencia dichos contribuyente en San Andrés de Giles.

                                                           Que ante el desconocimiento del origen de  tal fondo el 19 de enero de 2017, se procedió al ingreso en la cuenta corriente bancaria del Banco de la Provincia de Buenos Aires Cuenta de terceros y a su contabilización en la Cuenta de Terceros: Ingresos de Origen Desconocido de tal interdeposito.

 

Que en función de los elementos aportados, le asiste razón a la peticionante, debiéndose efectuar los procedimientos administrativos necesarios para imputar tal pago, correspondiendo  disponer la cancelación de la  cuota mas los intereses respectivos de la tasa aludida en los vistos del presente.

Por ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le son propias

 

                                                           R E S U E L V E

ARTICULO 1ro. : Reconocese el pago de la cuota que más abajo se detalla, del Plan de Pagos N º 12524 en concepto de de la Tasa por Servicios Rurales, en virtud de haber efectuado a través de interdeposito bancario el respectivo pago, correspondiéndose con el siguiente detalle de cuota:

CUOTA             VENC.               IMPORTE    INTERESES        TOTALES         FECHA INTERD          IMPORTE           

     3        10/12/2016      $ 545,28       $ 0.72        $ 546,00        12/12/2016         $    545,28      

TOTAL                                                                 $ 546,00   

ARTICULO 2do.: Autorizar a las Áreas intervinientes a efectuar los procedimientos administrativos necesarios para dar ingreso y /o contabilizar tal movimiento pendiente de contabilización y a  la Oficina de Sistemas a descargar de la deuda registrada por el contribuyente, la cuota que se indican en el artículo 1ro. de el presente.

ARTICULO 3ro.: Comuníquese, regístrese y archívese.