Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1124/2017
San Andrés de Giles, 31/05/2017
Visto
Que en el día de la fecha vence el plazo para hacer
efectivo sin intereses ni recargos , el pago de la primera cuota del Impuesto Automotor Municipalizado correspondiente al Ejercicio Impositivo del año 2017 aprobado por Decreto Nº 2625/17; y
Considerando
Que el artículo 50º de la Ordenanza Fiscal e Impositiva establece textualmente que, cuando la fecha fijada como vencimiento de plazo para el pago fuera un día inhábil, se considerará prorrogado dicho plazo hasta el día hábil siguiente en el horario establecido para los lugares de pago habilitados al efecto,
Que la parte final del artículo mencionado precedentemente se autoriza al Municipio a percibir cualquier tasa dentro de las siguientes 48 horas hábiles a su vencimiento sin interés.
Que en consecuencia el plazo para hacer efectivo el pago de la primera cuota de tasa es el día 30 de mayo próximo;
Que a los efectos de facilitar a los señores contribuyentes , el pago de las obligaciones se considera conveniente extender el período de vencimiento de la primera cuota del Impuesto mencionado
Por ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1ro: Prorróguese hasta el día 23 inclusive de junio de 2017 , el plazo para abonar sin intereses ni recargos, la primera cuota del Impuesto Automotor Municipalizado correspondiente al Calendario Impositivo del ejercicio 2017. Hasta dicha fecha la mencionada obligación fiscal gozará de una bonificación el 25% presentando constancia de seguro de responsabilidad civil hacia terceros con el pago de la cuota día y la verificación técnica vehicular exigida por Ley, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Impositiva vigente
ARTICULO 2do: Regístrese, dese a Publicidad, Comuníquese a la Secretaría de Coordinación, Planeamiento y Control de Gestión , a las Oficinas de Recaudación, Sistemas, Contaduría y archívese.-