Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1115/2017
San Andrés de Giles, 23/05/2017
Visto
Que el señor Director de Producción de la Municipalidad don Sergio Romanello tomará un período de su licencia anual por vacaciones desde el día 22 de mayo del año 2017 hasta el día 04 inclusive del mes de junio del mismo año ;y
Considerando
Que durante su ausencia debe autorizarse a un funcionario del Departamento Ejecutivo el uso de firma para el Despacho de las actuaciones a cargo de la Dirección de Producción como asimismo para dar curso a aquellas que se encuentren en trámite y que así lo requieran.
Por ello el Intendente Municipal en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1ro.: Asígnese, durante el período consignado en el artículo 2º del presente, el uso de firma para el despacho de las actuaciones a cargo de la Dirección de Producción de la Municipalidad , como asimismo para dar curso a aquellas que se encuentren en trámite, al señor Secretario de Gobierno ,don Tomás Nicolás Arriondo.
ARTICULO 2do.: La asignación conferida en el artículo precedente tendrá vigencia desde el día 22 de mayo del año 2017 hasta el día 04 inclusive del mes de junio del mismo año; con motivo de la licencia por vacaciones del señor Director de Producción don Sergio Romanello.
.ARTICULO 3ro: Durante el período mencionado en el artículo 2º del presente y por los motivos explicitados en el exordio la asignación conferida en el artículo 04º: del Decreto Nº 0044/2017, respecto de la responsabilidad del dictado y la Observancia del cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en las Disposiciones del Decreto Provincial 2980/00, así como de la aplicación de los formularios cuyos modelos e instructivos que se adjuntan en la norma como anexos, de la Jurisdicción Departamento Ejecutivo, Sub-Jurisdicción Secretaria de Gobierno, Categoría Programática Desarrollo Productivo Local, Unidad Ejecutora Director de Producción al Director de Producción Don Sergio Humberto Romanello y/o quién lo reemplazare en forma interina, asumirán tales responsabilidades asignadas para esta Categoría Programática de acuerdo a la normativa vigente, sin que ello implique modificación alguna respecto de lo establecido en el artículo 2º del referido acto administrativo.
ARTICULO 4to : ,Regístrese, Comuníquese y archívese.