Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1113/2017
San Andrés de Giles, 23/05/2017
Visto
Que el señor Director de Deportes y Juventud, Profesor Juan Miguel Valli, tomará licencia para su descanso anual entre los días 26 de mayo de 2017 al 07 de junio de 2017, inclusive; y
Considerando
Que durante su ausencia deberá designarse a un funcionario, autorizándolo pueda dar curso a las actuaciones en trámite que así lo requieran, en la órbita de la referida Dirección.
Que la funcionaria indicada para ello es la señora Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social, Lic. María Fernanda Morales ya que bajo la órbita de dicha Secretaría funciona la Dirección de Deportes y Juventud;
Por ello el Intendente Municipal en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1ro.: Asígnese el uso de firma para el despacho de actuaciones a cargo de la Dirección de Deportes y Juventud de la Municipalidad, a la señora Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social , Licenciada María Fernanda Morales con motivo de la licencia por descanso anual del señor Director del Área, Prof. Juan Miguel Valli.
ARTICULO 2do: Durante el período mencionado (26 de mayo de 2017 al 07 de junio de 2017 inclusive) y por los motivos explicitados en el exordio, asígnese la Responsabilidad que establece el artículo 18º del Decreto Nº 0044/2017, respecto del dictado y la Observancia del cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en las Disposiciones del Decreto Provincial 2980/00, así como de la aplicación de los formularios cuyos modelos e instructivos que se adjuntan en la norma como anexos, de la Jurisdicción Departamento Ejecutivo, Sub-Jurisdicción Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social, Categoría Promoción del Deporte y la recreación, Unidad Ejecutora Director de Deportes y Juventud a la señora Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social , Licenciada María Fernanda Morales
ARTICULO 3ro: Lo establecido en los artículos precedentes no altera ni modifica lo dispuesto en el Decreto Nº 0044/2017-Artículos 6º, respectivamente-
ARTICULO 4to:Regístrese, Comuníquese y archívese.