Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1077/2017
San Andrés de Giles, 11/05/2017
Visto
Que el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria celebrada el día 10 de mayo de 2017, sancionó la ordenanza Nº 2006; y
Considerando
Que el artículo 108º Inciso II de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que es facultad del Departamento Ejecutivo promulgar o vetar las Ordenanzas que sanciona el Honorable Concejo Deliberante.
Por ello el Intendente Municipal en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A
Artículo 1º: Promúlguese la Ordenanza Nº 2006 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante durante la Sesión Ordinaria celebrada el día 10 de mayo de 2017, en virtud de la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir el convenio cuyo modelo como anexo I forma parte de la presente ordenanza , con la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, representada por el Ingeniero Marcelo Omar Negrelli a cargo del Departamento Zona IIª Morón y el señor Gerente Ejecutivo Ing. Esteban Andrés Perera “Ad Referendum” del señor Administrador General Ing. MARIANO DANIEL CAMPOS y la Municipalidad de San Andrés de Giles, representada por el Sr. Intendente Municipal CPN Carlos Javier Puglelli , el desmalezamiento , parquización y preservación de los espacios forestales en banquinas y préstamo RP 094- 01, -08 Acceso a Cucullú y 094-02 en jurisdicción del partido de San Andrés de Giles totalizando una longitud de 27 kilómetros y una superficie de corte de 27 has.
Artículo 2º: Los recursos que ingresen según los términos de la cláusula quinta del convenio serán imputados en la siguiente Cuenta del Cálculo de Recursos en vigencia:
Origen y Procedencia 11- Origen Municipal de Libre Disponibilidad
Jurisdicción 1110100000
Subjurisdicción 111010101000
RUBRO
Tipo 1200000 Ingresos No Tributarios
Clase 1210000 Tasas
Concepto 1210200 Servicios Especiales de Limpieza
ARTICULO 3º: Dese intervención a las áreas correspondientes, regístrese ,comuníquese y archívese.-
San Andrés de Giles, 11 de mayo de 2017.-
ORDENANZA Nº 2006
Visto:
Las actuaciones contenidas en el expediente administrativo Municipal Nº 4101-0580/2016 y el modelo del convenio a suscribir entre la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles, y
Considerando:
Que el objeto del mismo es el desmalezamiento, parquización y preservación de los espacios forestales en banquinas y préstamo RP 094- 01, -08 Acceso a Cucullú y 094-02 en jurisdicción del partido de San Andrés de Giles totalizando una longitud de 27 kilómetros y una superficie de corte de 27 has.
Que mediante el acuerdo mencionado la Municipalidad percibirá de la D.V.B.A, los importes establecidos en el mismo por la realización por administración y/o terceros los trabajos de desmalezamiento, parquización y preservación de los espacios forestales en banquinas y préstamo referidos;
Que las actuaciones inherentes al tema que nos ocupa, se tramitan en el ámbito de la DVBA a través de su expediente 2410-519/2013 -Alcance 17
Que mediante la ordenanza Nº 1972 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, durante la Sesión Ordinaria celebrada el día 23 de noviembre del año 2016 se autoriza al Srt. Intendente Municipal a suscribir el referido Convenio.
Que la norma legal fue promulgada por decreto Nº 2437 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 29 de noviembre de 2016.
Que ambos actos fueron oportunamente notificados a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires;
Que con fecha 19 de abril de 2017, el Organismo remite nuevamente el expediente 2410-519/2013 –Alcance 17, indicando que se ha modificado el encuadre legal del convenio adjuntando el mismo solicitando que se dicte la Ordenanza Municipal y su decreto promulgatorio, que avale el compromiso a asumir por la Municipalidad (se adjunta copia del escrito a Fs. 37 del expediente administrativo Municipal Nº 4101-0580/2016)
Que se encuentra agregado al mentado expediente el modelo de convenio a suscribir, el cual no ha sufrido modificaciones sustanciales de fondo con respecto al anterior sino de forma;
Que han intervenido la Asesoría Letrada y la Contaduría de la Municipalidad;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase, al señor Intendente Municipal a suscribir el convenio cuyo modelo como anexo I forma parte de la presente ordenanza , con la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, representada por el Ingeniero Marcelo Omar Negrelli a cargo del Departamento Zona IIª Morón y el señor Gerente Ejecutivo Ing. Esteban Andrés Perera “Ad Referendum” del señor Administrador General Ing. MARIANO DANIEL CAMPOS y la Municipalidad de San Andrés de Giles, representada por el Sr. Intendente Municipal CPN Carlos Javier Puglelli, el desmalezamiento, parquización y preservación de los espacios forestales en banquinas y préstamo RP 094- 01, -08 Acceso a Cucullú y 094-02 en jurisdicción del partido de San Andrés de Giles totalizando una longitud de 27 kilómetros y una superficie de corte de 27 has.
Artículo 2º: Los recursos que ingresen según los términos de la cláusula quinta del convenio serán imputados en la siguiente Cuenta del Cálculo de Recursos en vigencia:
Origen y Procedencia 11- Origen Municipal de Libre Disponibilidad
Jurisdicción 1110100000
Subjurisdicción 111010101000
RUBRO
Tipo 1200000 Ingresos No Tributarios
Clase 1210000 Tasas
Concepto 1210200 Servicios Especiales de Limpieza
Artículo 3º: De forma.
Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles, el día 10 de mayo de 2017.-
Firmado:
Juan R. Gotelli Fernando R. Valli
Secretario del HCD Presidente del HCD