Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 1047/2017
San Andrés de Giles, 05/05/2017
Visto
Lo actuado en el expediente Nº 4101-0065 D 2017 referido a la posibilidad de depositar fondos a plazo fijo en el Banco de la Provincia de Buenos Aires; y
Considerando
Que con fecha 31/01/2017 (fs 2.), dicha institución bancaria informa que está ofreciendo a las Municipalidades de la Provincia una tasa preferencial en los depósitos a plazo fijo;
Que –agrega- ello sería de gran utilidad para la Comuna, al generar importantes ingresos que se reinsertarían para atender las necesidades de la comunidad;
Que la Ley Provincial Nº 13.164, en su artículo 2º, establece que “Los Municipios podrán acordar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires la realización de operaciones de colocación de dinero a plazo, bajo las condiciones y tasas que fijen de común acuerdo;
Que la mencionada ley deroga y reemplaza a la ley 10.753.
Que, al respecto, emiten opinión el Sr. Contador Municipal (fs 3) y Asesora Letrada (fs.4), considerando viable la operatoria;
Que constituye una decisión de este Departamento Ejecutivo impulsar la renovación de la oportuna colocación de fondos municipales en el Banco de la Provincia de Buenos Aires a plazo fijo, por ser una herramienta de administración legalmente admitida y por generar la misma un beneficio financiero de significación;
Que, a tal fin, se dicta el presente acto administrativo con el objeto de autorizar la renovación por treinta días de la imposición dispuesta mediante Decreto Nº 0637/2017.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, el Intendente Municipal
D E C R E T A
Artículo 1º: Autorízase a las áreas competentes de la Municipalidad a renovar la colocación en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de fondos provenientes de rentas generales que integran los recursos ordinarios, por un monto de pesos diez millones ($ 10.000.000,-) a plazo fijo por treinta (30) días, a la tasa preferencial ofrecida por la referida entidad bancaria. -
Artículo 2º: Los recursos obtenidos en concepto de intereses ingresarán –según los Clasificadores Presupuestarios por Recursos por Rubro previstos por aplicación del Decreto Provincial Nº 2980/00, reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires- por la Cuenta Jurisdicción 1110100000 – Departamento Ejecutivo, Subjurisdicción 1110101000 – Conducción Superior, Rubro: Tipo 16 – Rentas de la Propiedad, Clase 2 – Intereses por Depósitos, Concepto 01 – Intereses por Depósitos Internos, Subconcepto 01 – Régimen Intereses – Ley 13.164, del Cálculo de Recursos vigente.-
Artículo 3º: A través del presente acto administrativo, la Contaduría, la Tesorería Municipal, y los funcionarios que –en razón de sus cargos- deban intervenir en dicha operatoria, quedan facultados a realizar las tramitaciones, registraciones y actuaciones que resultaren pertinentes y a suscribir la documentación necesaria para su concreción.
Artículo 4º: Regístrese, notifíquese a Contaduría y Tesorería y dese a conocimiento de quienes corresponda. Cumplido archívese.
___________________________ ____________________________
Tomas N. Arriondo Carlos J. Puglelli
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
Municipalidad de San Andres de Giles Pdo. San Andres de Giles