Boletines/Brandsen

Decreto Nº0674

Decreto Nº 0674

Brandsen, 10/04/2024

Visto

                        Visto el Expediente Nº 4015-35.134/24 por el cual VENTURA Victoria Anahí, D.N.I: 40.222.773 solicita una habilitación de comercio bajo el rubro “VENTA DE ROPA DE MUJER, ZAPATOS Y ACCESORIOS”, en el inmueble ubicado en calle Larrea N° 830, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como:  Circ. I – Sección A – MZ 14 – Parcela 1h y, correspondiente a la Partida Nº 5551; y,

Considerando

Que a fs. 24 se expide la Jefe de Dpto. de Inspecciones: “Visto la solicitud de HABILITACIÓN DE COMERCIO iniciado por VENTURA Victoria Anahí, D.N.I: 40.222.773 en relación al inmueble sito en calle Larrea N° 830, de la ciudad de Brandsen, identificado con nomenclatura catastral Cir: I – Secc: A – Manz: 14 – Pla: 1h correspondiente a las cuentas 5551 (de tasa de servicios Urbanos/ Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuadra conforme Ordenanza de Habilitaciones en Categoría 1 (UNO) por tratarse del rubro “VENTA DE ROPA DE MUJER, ZAPATOS Y ACCESORIOS” habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Fdo: Ivana Marina Echandi, Jefe de Dpto. de Inspecciones, Dirección de Habilitaciones, Municipalidad de Brandsen, 10 de abril de 2024”;

 

                        Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;          

POR ELLO

El Intendente Municipal de Brandsen decreta

ARTICULO 1º.- Otorgase a VENTURA Victoria Anahí, D.N.I: 40.222.773, una habilitación de comercio bajo el rubro “VENTA DE ROPA DE MUJER, ZAPATOS Y ACCESORIOS”, en el inmueble ubicado en calle Larrea N° 830, de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A – MZ 14 – Parcela 1h y, correspondiente a la Partida Nº 5551.-

 

ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-

 

ARTICULO 3º.-  El presente Decreto será refrendado por las Secretarías de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración.-

 

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, publíquese en el SIBOM y cumplido, archívese.-