Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0667
Brandsen, 10/04/2024
Visto
Visto el Expediente Nº 4015-35283/24, por el cual la Secretaría de Salud gestiona la Contratación Directa para el servicio de reparación y mantenimiento del mamografo del Hospital Municipal con materiales incluidos, y;
Considerando
Que a fs. 1 obra nota de la Secretaría de Salud indicando: “Sr. Secretario de Economía, Hacienda y Administración, Sr. Federico Cagnani. Me dirijo a Usted, a fin de solicitar la contratación de la reparación de equipo mamográfico incluyendo mano de obra y repuestos. La intervención consistirá en la Actualización de software de la impresora a la última versión y limpieza de la misma por ingreso de agua. Asimismo, se debe cambiar también los chasis digitales mamográficos: CR mm3 MAMMO SET 18 X 24 CM. Por último, el armado del equipo, colocación de los repuestos y puesta en marcha. Sin otro particular, saludo a Usted atentamente. Fdo. Reale María Laura, Secretaria de Salud. Municipalidad de Brandsen, 09 de abril de 2024.”;
Que el Subdirector de Asuntos Legales de la Municipalidad se expide: Sra. Directora de Despacho y Digesto: “Vienen las presentes actuaciones a esta Sub-Dirección de Asuntos Legales a fin de emitir opinión sobre la Contratación Directa del Servicio de reparación del mamografo del Hospital Municipal, tal como lo describe a fs. 1 la Secretaría de Salud. Sobre el particular, el inciso 6 del artículo 156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que: “(Texto según Dec-Ley 9443/79) con excepción a lo prescripto en el artículo 151 sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos….: 6° La reparación de motores, máquinas, automotores y aparatos en general.” En función de lo manifestado precedentemente, encontrándose taxativamente encuadrada la reparación peticionada en el supuesto indicado por el artículo 156 inciso 6° de la L.O.M., entiendo que de compartir esta opinión el D.E., el municipio puede contratar dire4ctamente la reparación, en este caso concreto con la empresa DIMED S.A. SUB- DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES, abril 10 de 2024. Fdo. Luis Mariano Cowen. Sub-Director de Asuntos Legales. Municipalidad de Brandsen.”;
Que el art.151° de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe: “ Las adquisiciones y otras contrataciones previstas en este apartado por valor de hasta seis pesos con cuarenta y ocho centavos ($ 6,48) se efectuarán en forma directa; de seis pesos con cuarenta y nueve centavos ($ 6,49) y hasta treinta y dos pesos con cuarenta y dos centavos ($ 32,42) mediante concurso de precios; de treinta y dos pesos con cuarenta y tres centavos ($ 32,43) y hasta noventa y siete pesos con veintiséis centavos ($ 97,26) mediante licitación pública o privada, y excediendo esta última cantidad, mediante licitación pública”;
Que los montos mencionados en el art. 151 de la Ley Orgánica de Municipalidades fueron actualizados por Resolución Nº 857/2023 del Ministerio de Gobierno;
Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo autorizando la compra directa;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTÍCULO 1º.- Autorizase la Contratación Directa con DIMED S.A. para el servicio de reparación y mantenimiento del mamografo del Hospital Municipal con materiales incluidos, por un valor total de pesos cuatro millones seiscientos sesenta mil con 00/100 ($4.660.000,00) de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 156 inc. 6 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º, será imputado a Jurisdicción: 110000 - Categoría Programática: 31.03.00 – Imputación: 3.3.3 – Fuente de Financiamiento 110.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por las Secretarías de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración y de Salud. -
ARTICULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-