Boletines/Las Flores
Decreto Nº 754/2024
Publicado en versión extractada
Las Flores, 22/04/2024
LAS FLORES, BUENOS AIRES Lunes 22 de Abril de 2024
Número: DECTO-2024-754-E-LASFLORES-INT
Referencia: Galvani, José Eduardo - Aprueba Acta Acuerdo, Amplía plazo finalización obra, Aprueba incremento $
19.113.569,90, Aprueba monto ejecución $27.094.584,49 Planta de Faena de Ovinos y Porcinos
VISTO:
Los Expedientes Municipales Números 4063-0315/22 y 4063-0315/22-Alcance 1 y el Acta Acuerdo de fecha 11 de
Abril de 2024 suscripta entre la Municipalidad de Las Flores y el “Contratista” Señor JOSÉ EDUARDO GALVANI,
DNI Nº 14.307.873, CUIT 20-14307873-7, referidos a la contratación y ejecución de la obra denominada
“Construcción de Planta de Faena de Ovi-nos y Porcinos de la Ciudad de Las Flores”, adjudicada mediante
Licitación Pública Nº 10/22, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el Expte. Nº 4063-0315/2022 tramitó el llamado a licitación (Lici-tación Pública Nº 10/2022) de la obra
denominada “Construcción de Planta de Faena de Ovinos y Porcinos de la Ciudad de Las Flores”. Y, mediante
Decreto Nº 2893 de fecha 12/10/2022, la Municipalidad de Las Flores le adjudicó a la firma GALVANI JOSÉ
EDUARDO la ejecución de la obra referida.
Que, con fecha 04 de Noviembre de 2022, el Municipio y el Sr. JOSÉ EDUARDO GALVANI (CUIT 20-
14307873-7) suscribieron el respectivo Contra-to de Obra Pública, aprobado por Decreto Nº 3277, de fecha
09/11/2022, cuyo objeto es la ejecución de la obra por parte del “contratista”. De acuerdo con los términos del
Contrato, el monto -precio- por la ejecución de la obra ascendía a $ 43.339.244,41 -cláusula Segunda- y el plazo de
obra era de 180 días corridos contados desde la fecha de la firma del acta de inicio de la obra -cláusula Cuarta-
Que, el día 06 de Enero de 2023 el “Contratista” dio inició a la obra en-comendada, circunstancia de la que se dejó
expresa constancia en el “Acta de Inicio de Obra” firmada ese mismo día, agregada a fs. 993 del Expte. 4063-
0315/2022.
Que, durante el plazo de vigencia del contrato, en el mes de Mayo de 2023, a partir de sugerencias efectuadas por
profesionales del Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires en una visita a la obra, la
Municipalidad de Las Flores introdujo algunas modificaciones al proyecto ori-ginario, las que fueron acordadas con
“El Contratista”.
Que, mediante Decreto Nº 1677, de fecha 26/06/2023, se dispuso la ampliación del Contrato de Obra, en los
términos detallados en el Expte. Nº 4063-0315/22 -artículo Primero del Decreto- y el pago al “Contratista”, por la
ejecución de las obras incluidas en la ampliación, de la suma de $ 8.655.844,03 -artículo Segundo del Decreto-.
Posteriormente, en virtud de la índole de las tareas que demandaría la modificación del contrato originario y la
ampliación de la obra que el “Contratista” debía ejecutar, se acordó la amplia-ción del plazo de obra, por un término
adicional de 180 días corridos a contar desde el vencimiento del plazo original (180 días desde el 06/07/2023), mediante
Acta de fecha 28 de Junio de 2023 suscripta por ambas partes.
Que, el proceso electoral que se desarrolló durante la segunda mitad de 2023 originó un inesperado escenario de
volatilidad e incertidumbre cambiaria. En ese lapso, entre otras cosas, se comenzó a experimentar serias dificultades
para conseguir los materiales necesarios para la construcción de la obra licita-da; ello, tanto por la falta de entrega
de esos materiales como por la ausencia de precios para su comercialización.
Que, en este contexto, a principios del mes de Diciembre de 2023 se dispusieron una serie de medidas económicas,
entre ellas, una devaluación del Peso superior al cien por ciento, que redundó en un abrupto incremento de los
precios de los productos, en particular muchos insumos utilizados en el rubro de la construcción.
Que, las dificultades para acceder a los materiales necesarios para eje-cutar la obra descripta supra, las tasas de
inflación a niveles de máximo histó-rico y los cambios en el paradigma económico, reflejados en las medidas económicas
adoptadas en Diciembre de 2023 y principios de 2024, han desbalan-ceado la ecuación económica del
contrato referido en los párrafos preceden-tes, tornando imposible la continuidad del mismo sin que medie una
renego-ciación que contemple una revisión del precio pactado respecto del tramo de obra restante, destinada a
compensar los incrementos en los insumos y en la mano de obra.
Que, “El Contratista”, mediante nota de fecha 26 de Febrero de 2024, so-licitó una actualización del precio de
contrato y una extensión del plazo de obra por el término de tres meses, adjuntando un detalle técnico -planilla- en
el que fundamentó su petición. En esa presentación, estimó la readecuación del precio de la obra restante de
ejecución en la suma total de $ 27.094.584,49.
Que, con fecha 28 de Febrero de 2024 se expidió el Área Técnica Muni-cipal, precisando que la obra proyectada
originariamente en el Pliego Licitato-rio presenta un Avance de Obra del 83,14% (Monto de Obra $ 43.339.244,41,
Porcentaje Ejecutado: $ 36.033.129,60); la ampliación de obra acordada poste-riormente presenta un Avance de
Obra del 92,20% (Monto Ampliación de Obra $ 8.665.844,03, Porcentaje Ampliación Ejecutado: $ 7.980.944,25).
Es decir, a valores contractuales, falta certificar la suma de $ 7.981.014,59, equivalente al precio por la ejecución de
la obra restante a la fecha, compuesta por el 16,86% de la obra originaria más el 7,80% de la ampliación de obra.
Que, por otra parte, a través de un pormenorizado análisis de cada uno de los ítems que integran el cálculo
actualizado del costo de la obra contratada restante de ejecución, el Área Técnica Municipal dependiente de la
Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos concluyó reconociendo la exis-tencia de mayores costos en
la obra pendiente, de tal magnitud como para romper la ecuación económica del contrato. Concretamente, estimó el
costo de la obra pendiente de ejecución, expresado al día del informe, en la suma de $ 28.518.794,20. No obstante
ello, como la empresa contratista presentó su pro-puesta, con el Plan de Trabajo Actualizado, por un monto inferior,
el Área Téc-nica Municipal aconsejó adoptar el presupuesto de $ 27.094,584,49, como monto actualizado de la obra
pendiente.
Que, a su turno, la Dirección de Asuntos Legales del Municipio emitió dictamen considerando que se puede hacer
lugar a la adecuación del contra-to, pero solo respecto del porcentaje de la obra pendiente de ejecución -sin incluir
los períodos ya ejecutados, certificados y pagados-.
Que, con fecha 13 de Marzo de 2024, entre el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires y la
Municipalidad de Las Flores se suscribió una “Adenda” al Convenio oportunamente celebrado entre las par-tes, en
virtud de la cual se extendió el plazo conferido por el Ministerio para la ejecución de la obra (“Construcción de
Planta de Faena de Ovinos y Porci-nos”) por el término de 120 días corridos desde el 13/03/2024 y se amplió a $
175.968.604,95 la suma de dinero que el Ministerio aportará al Municipio en carácter de subsidio destinado a la
ejecución de obra.
Que, a través de la Resolución Nº 87/2024 del Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires,
fechada el 17/03/2024, se aprobó la Adenda al Convenio celebrado con la Municipalidad de Las Flores. Esta Resolución
fue notificada el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Las Flores con fecha 09 de Abril de 2024.
Que, resulta oportuno, necesario y beneficioso para los intereses muni-cipales, la suscripción de un Acta Acuerdo
con “El Contratista”, que permita la readecuación de los términos del contrato de obra oportunamente firmado,
respecto del tramo restante, ya que lo contrario podría derivar en la paraliza-ción total de la obra a poco de su
finalización -primera etapa-, la tramitación de expedientes judiciales para dirimir el potencial conflicto con el
contratista, la tramitación de una nueva licitación -en caso de una resolución del contrato vigente- y el incremento -
por el transcurso del tiempo en medio de un proceso de elevada inflación- del costo de la ejecución restante de la
obra.
Que, las propias autoridades, tanto nacionales como provinciales, han reconocido la existencia de mayores costos en
la ejecución de las obras públi-cas, en diversas normas: V. gr., Decretos Nº 1295/02 y Nº 691/16 (en el ámbito
Nacional) y Nº 2113/02, Nº 367/17, Nº 304/20 y Nº 157/24 (en el orden Provin-cial), los cuales habilitan los ajustes
frente a un aumento de costos, cuando los mismos afectan los factores principales que la componen reflejando una
variación promedio ponderada de precios superior al porcentaje de la variación que establezca la Autoridad de
Aplicación. Concretamente, en el ámbito pro-vincial, el P.E. emitió el Decreto 157/2024, de fecha reciente
(16/02/2024), en el cual, a partir del reconocimiento explícito de la existencia de cambios en el paradigma
económico y en un contexto de emergencia, regula un nuevo “Re-glamento de Renegociación y Rescisión de
Contratos de Bienes y Servicios del Sector Público”.
Que, el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Ai-res, en consulta tramitada por Expte. N° 5300-
359-2013-0-0 Municipalidad de La Matanza, ha entendido factible la aplicación de los institutos jurídicos de "fuerza
mayor" y la "teoría de la imprevisión contractual" ante la ausencia de una normativa específica aplicable a
contratos...Dichos supuestos pueden te-ner solución en el ámbito administrativo, en todos aquellos casos en que los
prestadores de servicios o proveedores aleguen y prueben fehacientemente que la ecuación económica contractual
ha quedado desbalanceada, haciendo ello imposible la continuidad del contrato celebrado… las autoridades municipales
podrán celebrar en esas circunstancias las renegociaciones que con-templen la revisión del precio pactado para
compensar los incrementos en los insumos y mano de obra efectivamente pagados por el contratista, debiendo
contar con la intervención de las áreas técnicas de la Comuna que verifiquen dichos aumentos (HTC, doctrina
Expte. Nº 4008-5905-2018-0-1, Municipalidad de Balcarce).
Que, en el mismo sentido: “…la invariabilidad de los precios…del con-trato que en copia luce a fs… debe
entenderse en tiempos de estabilidad, y que por imperio de la figura de la imprevisión contractual puede resultar
apli-cable como excepción a la firmeza del precio, pudiendo resultar admisible adecuar los valores del contrato con
el objeto de que no se produzca el enri-quecimiento de una parte en detrimento de la otra (art. 1091 C.C.C.)... “
(doctri-na H.T.C., Expte. 4043-1963-2019-0-1, Municipalidad de General La Madrid).
Que, en orden a los antecedentes reseñados, corresponde el dictado del presente acto administrativo, a los fines de
convalidar el Acta Acuerdo de fecha 11 de Abril de 2024, en la que se dispone una nueva ampliación del plazo
contractual, por el término de noventa (90) días corridos a contar desde la fecha de su firma y una revisión del
precio pactado respecto del tramo de la obra pendiente de ejecución, para compensar los imprevistos incrementos en
los costos de los insumos, originados por las razones mas arriba detalladas. Ello, con el objeto de que se concluya la
obra licitada, manteniéndose balan-ceada la ecuación económica del contrato, desistiendo el “Contratista” de
cualquier reclamo futuro contra el Municipio.
POR ELLO;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LAS FLORES
D E C R E T A:
Art. 1°.- APRUÉBASE el “Acta Acuerdo” de fecha 11 de Abril de 2024, suscrip-ta entre la Municipalidad de Las
Flores y el contratista JOSÉ EDUAR-DO GALVANI, DNI Nº 14.307.873, CUIT 20-14307873-7, relativa a la
modifica-ción parcial del Contrato de “Construcción de la Planta de Faena de Ovinos y Porcinos en la ciudad de Las
Flores” (Licitación Pública Nº 10/22), que como Anexo forma parte del presente Decreto.
Art. 2º.- AMPLÍASE el plazo de finalización de la obra “CONSTRUCCIÓN DE LA PLANTA DE FAENA DE
OVINOS Y PORCINOS DE LAS FLO-RES”, Licitación Pública Nº 10/2022, por el término de NOVENTA (90)
días co-rridos a contar desde el 11 de Abril de 2024, es decir, hasta el día 10 de Julio de 2024, por los motivos
señalados en los Considerandos del presente Decre-to y acreditados en el Expediente Nº 4063-0315/2022-Alcance
1.
Art. 3º.- APRUÉBASE, conforme los términos del “Acta Acuerdo” detallada en el artículo 1º, el incremento en el
gasto total de la obra, respecto del consignado en los Decretos Números 3277/22 y 1677/23, por la suma de PE-SOS
DIECINUEVE MILLONES CIENTO TRECE MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE con NOVENTA
CENTAVOS ($ 19.113.569,90), impuestos inclui-dos.-
Art. 4º.- APRUÉBASE el monto de la obra pendiente de ejecución, de acuerdo con el precio readecuado en el
Acta Acuerdo Anexa, que asciende a la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS con CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 27.094.584,49.=).-.
Art. 5º.- AUTORÍZASE al Señor JOSÉ EDUARDO GALVANI a confeccionar las sucesivas Certificaciones de
Obra -de acuerdo con el avance de los trabajos que deberán ejecutarse- teniendo en cuenta los importes de la obra
pendiente de ejecución establecidos en el artículo “TERCERO” del Acta Acuerdo Anexa al presente Decreto.-
Art. 6º.- DÉJASE constancia que, al percibir los importes consignados en el Acta Acuerdo Anexa, “El contratista”
renuncia a todo reclamo por ma-yores costos, intereses, compensaciones, gastos improductivos, mayores gas-tos
generales o indirectos, o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, pre-tendidamente motivados por los cambios
registrados en la economía durante todo el período de ejecución del contrato de obra.-
Art. 7º.- IMPÚTASE los gastos que resulten de lo establecido en los artículos precedentes, a la Jurisdicción
1110104000 “Secretaría de Planeamien-to, Obras y Servicios Públicos”, Programa 37 “Subsecretaría de Obras
Públi-cas”, Proyecto 53 “Construcción Frigorífico Porcino”, Fuente de Financiamien-to 132 “De origen Provincial”,
Recurso 22.5.01.35 “Construcción Planta Frigorí-fica Municipal Especie Porcina”, del Presupuesto de Gastos
vigente.
Art. 8º.- NOTIFÍCASE el contenido del presente Decreto al Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de
Buenos Aires, al Sr. José Eduar-do Galvani, a la Secretaría de Desarrollo Productivo y Sustentable, a la Conta-duría
y dése al R.O. del Municipio.-
FIRMA DIGITAL: Javier O. Arreyes (Secretario de Planeamiento, Obras, Servicios Públicos y Ambiente) - Fabián Blanstein (Intendente Interino)