Boletines/San Vicente

Decreto Nº620

Decreto Nº 620

San Vicente, 19/04/2024

Visto

                                 El Expte. Nº 4108-I-92743-2024-00, por medio del cual tramita la Licitación Privada Nº 13/2024, “por la adquisición de elementos para instalar alumbrado público en el barrio Empalme – casas municipales”, y;

Considerando

Que es oportuno hacer lugar a lo solicitado por la Dirección General de Compras, en cuanto al llamado a Licitación Privada Nº 13/2024, “por la adquisición de elementos para instalar alumbrado público en el barrio Empalme – casas municipales”;

Que a fs. 2/13 se agrega el Pliego de Bases y Condiciones relacionado con la presente Licitación Privada;

Que este Departamento Ejecutivo se encuentra facultado para la sanción del presente, a partir de lo normado en el Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias (Ley Orgánica de las Municipalidades);

Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;

 

Por ello,

El Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°:        Autorízase a la Dirección General de Compras al llamado a Licitación Privada Nº 13/2024, “por la adquisición de elementos para instalar alumbrado público en el barrio Empalme – casas municipales”.

ARTÍCULO 2°:        Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación Privada.

ARTÍCULO 3°:        El presupuesto oficial por la presente Licitación Privada asciende a la suma de pesos doce millones trescientos nueve mil novecientos ochenta con 00/100 ($12.309.980,00).

ARTÍCULO  4°:       Las propuestas de esta Licitación Privada serán abiertas en las dependencias de la Dirección General de Compras de esta Municipalidad el día 29 de abril de 2024, a las 10:00 hs.

ARTÍCULO  5°:       El presente gasto impútese a la Jurisdicción: 1110128000 - Secretaría de Obras Públicas Ambiente y Planificación Urbana. Unidad Ejecutora: 39 – Secretario de Obras Públicas. Dependencia: 93 – Ejecución de Obras. Fuente de Financiamiento: 131 – De Origen Municipal.

ARTÍCULO  6°:       El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Planificación y Gestión Institucional.                    .

ARTÍCULO 7°:        Regístrese, comuníquese, archívese.