Boletines/Tandil
Decreto Nº 1270/2024
Tandil, 25/04/2024
Visto
La solicitud de ampliación de designación como personal de Enfermería de la señora Lucía Antonela Dirocco - Legajo 11.644, efectuada por el Jefe del Departamento de Enfermería del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado en virtud del fallecimiento de la trabajadora María Laura Echauri.
Considerando
Que han informado al respecto el responsable a cargo del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Ente.
Que la trabajadora fue designada el 03 de julio de 2023, venciendo su última ampliación, según Decreto Nro. 3975/23, el 29 de enero de 2024.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Amplíese la designación a la trabajadora de enfermería Lucía Antonela Dirocco - Legajo 11.644, como Personal de Enfermería en la categoría 8 – 48 horas semanales de la planta temporaria en carácter de mensualizada, cumpliendo tareas en el Departamento de Enfermería del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, partida presupuestaria correspondiente al Hospital “Ramón Santamarina”, a partir del 30 de enero de 2024 y por el término de cuatro (4) meses, ad referéndum de los exámenes preocupacionales.
Artículo 2°: Se deja establecido que la agente Lucía Antonela Dirocco se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Jefatura del Departamento de Enfermería.
Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática, 17.00.00 Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 Hospital Ramon Santamarina – Administración y Conducción, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.2.0.0 Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.2.1.1 Personal Provisional, 1.2.2.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 Liquidación Obra Social 1.3.1.0 Retribuciones Extraordinarias, 1.3.1.9 Garantía Enfermería del presupuesto de gastos en vigencia.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia, Departamentos de Recursos Humanos, Enfermería y Contaduría, Direcciones del Hospital “Ramón Santamarina”, y vuelva a Recursos Humanos para su archivo.
Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia