Boletines/Tandil

Decreto Nº1191/2024

Decreto Nº 1191/2024

Tandil, 22/04/2024

Visto

La solicitud efectuada por el Coordinador de Infraestructura y Obra del S.I.S.P., por medio de la cual solicita se amplíe la designación del trabajador José Luis Álvarez, quien fuera designado, según Decreto Nro. 2820/23 desde el 22/07/2023.

Considerando

Que han informado al respecto el responsable a cargo del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Amplíese la designación al trabajador José Luis Álvarez - Legajo 11.668, como Personal Obrero - mantenimiento, en la categoría 1 - 48 horas semanales de la Planta Temporaria en carácter de mensualizado, cumpliendo tareas en el Hospital "Ramón Santamarina” del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo abonarse la Bonificación por Tareas Especiales - Concepto 45 (20% de su básico), a partir del 22 de enero de 2024 y por el término de seis (6) meses.

Artículo 2°: Se deja establecido que el trabajador José Luis Álvarez se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar el capataz de mantenimiento

Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 Hospital “Ramón Santamarina” - 17.01.00 Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal, 1.0.0.0 Gastos Personal, 1.2.0.0 Personal Temporario, 1.2.1.0 Retribuciones del Cargo, 1.2.1.1 Personal Provisional, 1.2.2.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 Por extensión horaria, 1.2.2.3 Liquidación Obra Social, 1.2.4.0 Otros Gastos en Personal, 1.2.4.7 Bonificación Tareas Especiales del presupuesto de gastos vigente.

Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia y Departamentos de Recursos Humanos , Contaduría del Ente.

Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente)                   -   Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

          Presidencia del Sistema Integrado de Salud              -                Intendencia