Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1954/23
Coronel Pringles, 27/12/2023
Visto
y
Considerando
el Expediente Nº 2.881 del año 2023 iniciado por el Sr. Rossi Oscar, Secretario de Desarrollo, con el objeto de otorgar un subsidio al Centro de Estudiantes Pringlenses – Asociación Civil- C.E.P.A.C, Personería Jurídica 228802, Matrícula N° 43972, a fin de solventar gastos de utilización del inmueble donde se alojan jóvenes estudiantes universitarios de nuestra ciudad, dando lugar a lo requerido por tratarse de una iniciativa que permite a los estudiantes que no cuentan con recursos suficientes para solventarse una carrera lejos de sus hogares, posibilitarles el camino al desarrollo de la vocación en favor de un futuro más justo con igualdad de oportunidades; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Declárese operada la renovación, para el año 2024, del convenio suscripto entre esta Municipalidad y el CENTRO DE ESTUDIANTES PRINGLENSES ASOCIACIÓN CIVIL - C.E.P.A.C, Personería Jurídica 228802, Matrícula N° 43972, en los términos y condiciones de la CLÁUSULA SEXTA de dicho contrato.
ARTICULO 2°: Otórguese al CENTRO DE ESTUDIANTES PRINGLENSES ASOCIACIÓN CIVIL - C.E.P.A.C, Personería Jurídica 228802, Matrícula N° 43972 un subsidio mensual de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000,00), haciendo un total anual de $1.440.000,00, con cargo de rendición de cuentas, desde el mes de enero a diciembre 2024, para solventar gastos de utilización del inmueble ubicado en calle 57 esquina 5 (3er Piso) de la ciudad de La Plata, donde se alojarán jóvenes estudiantes universitarios de Coronel Pringles, dicha ayuda económica se le abonará mediante depósito mensual en la cuenta de la Entidad Nº 2181275417 del Banco de la Nación Argentina.
ARTICULO 3°: Lo dispuesto en el artículo 1° se atenderá por Jurisdicción 1110118000 “Secretaría de Gobierno y Seguridad”, Categoría Programática 01.00.00. “Funcionamiento de la Secretaría de Gobierno y Seguridad”, Partida 5.1.7.0. “Transferencia a Otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, en forma diferida al 2024.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 1.954/23.