Boletines/Lobería

Decreto Nº915-24

Decreto Nº 915-24

Lobería, 02/05/2024

ASIGNANSE tareas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.827/23, el Decreto Nº 102/24; y

Considerando

QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en la vivienda de la familia Castro, ubicada en calle Suarez García N° 345 de esta ciudad;

QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;

QUE, consecuentemente, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 102/24, para realizar trabajos de albañilería en la vivienda referenciada, a partir del 08 de abril de 2024;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- ASIGNANSE tareas al personal destajista Sr. JUAN CARLOS ORONOZ, D.N.I. N° 20.726.000, designado mediante Decreto Nº 102/24, que realizará trabajos de albañilería en la vivienda de la familia Castro, ubicada en calle Suarez García N° 345 de esta ciudad, a partir 08 de abril de 2024.

ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:

TAREAS                                                                                     MONTO

Limpieza de superficie de techo para pintar                              $ 15.000

Pintar techo con pintura de recubrimiento plástico                    $ 57.674,50

ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 72.674,50.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CON CERO SIETE CENTAVOS ($ 62.500,07.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 8.720,94. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 43 Emergencia Habitacional – 5.2.1.0. Transferencias a personas”, del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.