Boletines/Chascomús
Decreto Nº 488/18
Chascomús, 28/05/2018
DELIMITAR ZONA DE ESTACIONAMIENTO EXCLUSIVO
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-135671/O caratulado “Solicitud de autorización para reserva de estacionamiento” iniciado por la Sra. LUCERO de Ortega, Eva del Valle; y
Considerando
Que la Sra. Lucero solicita se autorice una zona de no estacionamiento, con la demarcación y cartelería correspondiente frente a su domicilio, sito en calle Fernando de Arenaza Nº 167 exponiendo que ella y su esposo, el Sr. Manuel Antonio Ortega;
Que sostiene que ambos son personas con severa disminución visual, y que su esposo se moviliza en silla de ruedas por ello es imperativo estacionar en frente de su casa;
Que a raíz de los problemas de salud que ambos poseen requieren contar con espacio suficiente para el ascenso y descenso vehicular tanto de ellos mismos, como de personal médico, de enfermería o ambulancias para su traslado;
Que adjunta Certificado Único de Discapacidad (CUD) de ambos;
Que el artículo 2º de la Ley 24.449 (texto según Ley 26.363) dispone que “…La autoridad correspondiente podrá disponer por vía de excepción, exigencias distintas a las de esta Ley y su reglamentación, cuando así lo impongan fundadamente, específicas circunstancias locales. Podrá dictar también normas exclusivas, siempre que sean accesorias a las de esta Ley y se refieran al tránsito y estacionamiento urbano, al ordenamiento de la circulación de vehículos de transporte, de tracción a sangre y a otros aspectos fijados legalmente.”;
Que el art 27° inc. 18 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (texto según Decreto Ley 9117/78) establece que corresponde a la función deliberativa municipal reglamentar sobre la cuestión planteada;
Que mediante la Ordenanza 1994/94 se autoriza al “Departamento Ejecutivo a disponer el libre estacionamiento frente a lugares públicos o privados para el ascenso y descenso de personas discapacitadas”;
Que la Dirección de Asuntos legales ha emitido dictamen favorable respecto a la solicitud efectuada por la Sra. Lucero de Ortega;
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Autorícese a delimitar una zona de estacionamiento exclusivo, con la demarcación y cartelería correspondiente, frente al domicilio de la Sra. Eva del Valle LUCERO de Ortega, DNI Nº 10.829.386 sito en calle Fernando de Arenaza Nº 167 de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza 1994/94.
ARTICULO 2º.- Déjase establecido que la posesión real y efectiva del inmueble, se encuentra en poder del solicitante, donde se asienta su vivienda.-
ARTICULO 3º.- Los gastos correspondientes a la demarcación de la zona de estacionamiento exclusivo serán en su totalidad por cuenta de los beneficiarios debiendo realizarse la misma conforme las instrucciones que se le brindarán a través del personal de la Dirección de Seguridad Urbana Municipal.
ARTÌCULO 4º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Seguridad Ciudadana, solicitante y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.-
ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-