Boletines/Brandsen

Decreto Nº0619

Decreto Nº 0619

Brandsen, 27/03/2024

Visto

Visto el expediente Nº4015-35.207/24 por el cual la Dirección de Educación, dependiente de la Subsecretaría de Educación y Juventud, tramita el otorgamiento de BECAS DE ESTUDIO destinadas a estudiantes universitarios y terciarios y,

Considerando

Que este Municipio estima razonable otorgar la ayuda solicitada a fin de garantizar con este beneficio la forma educativa de los jóvenes de nuestra comunidad. Aportando así al desarrollo de una mejor calidad de vida;

 

                          Que en todos los casos se deberá presentar al momento del cobro certificado de alumno regular del mes en curso y haber cumplido con la pasantía de 2(dos) horas semanales en la dependencia ya pautada;

 

Que el monto de la beca asciende a la suma de PESOS CUARENTA MIL ($40.000) mensuales, desde el  mes de Abril de 2024 hasta  el mes de Diciembre del mismo año;

 

Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo otorgando las BECAS DE ESTUDIO para los jóvenes estudiantes Universitarios y Terciarios;

 

Que para la financiación de la misma, nos basamos en la Ley Nacional de financiamiento Educativo N º26075, establece “… Serán utilizados con el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades de aprendizaje, apoyar las políticas de mejora en la calidad de enseñanza y fortalecer la investigación cientifica-tecnologica, reafirmando  el rol estratégico de la educación, la ciencia y la tecnología en el desarrollo económico y sociocultural del país…”;

 

 

POR ELLO

El Intendente Municipal de Brandsen decreta 

ARTÍCULO 1º.- Otorgase una  BECAS DE ESTUDIO Universitaria destinada a la estudiante Petersen Martina DNI 41.391.061  por un monto de PESOS CUARENTA MIL ($40.000) mensuales, desde el  mes de Abril de 2024 hasta  el mes de Diciembre del mismo año, que será destinado al CBU, que seguidamente se indica.- a la estudiante que seguidamente se indica.-

 

CBU:0140092203703152724835

 

 

ARTICULO 2º.-  El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado en la Jurisdicción: 5000 - Categoría Programática: 18.04 Fuente de Financiamiento: 132 Fondo Educativo. -

 

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Gobierno y Economía Hacienda y Administración. -

 

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese  a  quien  corresponda,  dese  al  Registro Oficial y                                  cumplido,  archívese.-