Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0557
Brandsen, 18/03/2024
Visto
Visto el expediente Nº 4015-35.170/24, mediante el cual la Sra. DENINOTTI Graciela Mirta, D.N.I: 12.535.148, solicita la eximición del pago del impuesto automotor correspondiente al Dominio IKV-366, y;
Considerando
Que a fs. 4 obra el certificado de discapacidad (Ley 22.431) expedido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires;
Que a fs. 9 se expide la jefa del Departamento de Descentralización Tributaria: “Habiéndose cumplido con lo solicitado para el trámite de eximición 2024 de Patentes Automotor, según normativa vigente y Art. 243 Inc. F del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires y constatado la inexistencia de deuda para el vehículo de referencia. Por lo expuesto corresponde el beneficio de la eximición al solicitante, pasen las actuaciones a esa Dirección a fin de dictar el pertinente acto administrativo”. Firmado: Daluisia María Noelia. Jefe de Departamento Descentralización Tributaria. Municipalidad de Brandsen, 15 de marzo de 2024;
Que el artículo 243º Inc. f del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, dispone que están exentos de este impuesto “...los vehículos nuevos o usados, destinados al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad tal que les dificulte su movilidad, impidiéndoles o entorpeciéndoles severamente el uso de transporte colectivo de pasajeros, y que para su integración laboral, educacional, social o de salud y recreativa requieran la utilización de un automotor.”;
Que en razón de lo actuado se considera de estricta justicia hacer uso de la facultad conferida por la citada norma y conceder la eximición solicitada;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTÍCULO 1º.- Exímase a la Sra. DENINOTTI Graciela Mirta, D.N.I: 12.535.148, del impuesto automotor correspondiente al Dominio IKV-366, por el ejercicio 2024, en virtud de acogerse a lo establecido por el artículo 243º Inc. f del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por las Secretarías de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-