Boletines/Brandsen

Decreto Nº0527

Decreto Nº 0527

Brandsen, 13/03/2024

Visto

Visto el Expediente N.º 4015-35.027/24 por el cual el Sr. Garma Jorge Osvaldo, D.N.I: 23.325.421, solicita cambio de razón social bajo el rubro “FORRAJERIA, ART. DE TALABARTERIA Y LIMPIEZA”, en el inmueble ubicado en calle  San Martin Nº 468 de la localidad de Jeppener , identificado catastralmente como: Circ. V – Sección: A – Manzana: 9  – Parcela 8 y, correspondiente a la Partida Nº 15281, y;

Considerando

Que a fs. 26 se expide la Jefa de Departamento de Inspecciones: “Visto la solicitud de CAMBIO RAZON SOCIAL iniciado por el Sr. Garma Jorge Osvaldo, D.N.I: 23.325.421, en relación al inmueble sito en calle San Martin Nº 468 de la localidad de Jeppener , identificado catastralmente como: Circ. V – Sección: A – Manzana: 9  – Parcela 8 y, correspondiente a la Partida Nº 15281, y; (de tasa de servicios Urbanos/Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuadra conforme Ordenanza de Habilitaciones en categoría 2(DOS) por tratarse del rubro: “FORRAJERIA, ART. DE TALABARTERIA Y LIMPIEZA” habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírense las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Ivana Marina Echandi. Jefe de Departamento de Inspecciones, Municipalidad de Brandsen, Marzo 11 de 2024.”;

 

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;

 

POR ELLO

El Intendente Municipal de Brandsen decreta 

ARTICULO 1º.- Otorgase a Sr. Garma Jorge Osvaldo, D.N.I: 23.325.421 un cambio de razón social bajo el rubro “FORRAJERIA, ART. DE TALABARTERIA Y LIMPIEZA”, en el inmueble ubicado en calle.- San Martin Nº 468 de la localidad de Jeppener , identificado catastralmente como: Circ. V – Sección: A – Manzana: 9  – Parcela 8 y, correspondiente a la Partida Nº 15281

ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal. -

 

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por las Secretarías de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración. -

 

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese. -