Boletines/Brandsen

Decreto Nº0523

Decreto Nº 0523

Brandsen, 13/03/2024

Visto

                  Visto el Convenio suscripto entre la empresa Unión Platense S.R.L, representada por el Sr. Nicolás Omar Corbelli y la Municipalidad de Brandsen, y,

Considerando

Que él, objeto del mencionado Convenio es establecer un Sistema de Subsidio a Estudiantes Universitarios y Terciarios, destinado a residentes de la localidad de Brandsen que se encuentren cursando estudios universitarios y/o terciarios en la Ciudad de La Plata;

 

Que, por cuenta del municipio, se otorgará tickets canjeables por boletos de viaje para los estudiantes que reúnan las condiciones requeridas, dichos tickets serán discriminados por color para un mejor control, los cuales no podrán ser usados en época de receso de estudios;

 

Que el prestador entregara boletos de viajes que podrán únicamente ser utilizados en el trayecto (Origen-Destino) en la fecha y hora convenida en el mismo;

 

Que asimismo el prestador presentara rendición de los tickets de viaje de manera mensual los que representaran la documentación de respaldo para la factura correspondiente a los servicios prestados;

 

Que la Municipalidad creará un Registro de Beneficiarios que consiste en una base de datos de todos los estudiantes que accedan al beneficio, la cual estará a disposición del prestador;

 

                       POR ELLO

El Intendente Municipal de Brandsen decreta 

ARTÍCULO 1º.- Regístrese el Convenio suscripto entre la empresa Unión Platense S.R.L, representada por el Sr. Nicolás Omar Corbelli y la Municipalidad de Brandsen, “ad referéndum” de su convalidación por el Honorable Concejo Deliberante, por el cual se establece un Sistema de Subsidio a Estudiantes Universitarios y Terciarios, destinado a residentes de la localidad de Brandsen que se encuentren cursando estudios universitarios y/o terciarios en la Ciudad de La Plata, el que agregado como anexo forma parte integrante del presente.-

 

ARTICULO 2° El cumplimiento del presente, será imputado en las Partidas correspondientes, de acuerdo al Presupuesto vigente. -

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de               

Gobierno, de Economía, Hacienda y Administración. -

 

ARTÍCULO 4º Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a quien corresponda., Regístrese, y cumplido archívese.-