Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 28/24
Balcarce, 14/03/2024
VISTO:
El Expediente Municipal Nº 2242-B/2023- “CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO MUNICIPAL”, y
CONSIDERANDO:
Que fue aprobado mediante Decreto Nº3310/2023, Ordenanza Nº 199/23 y Decreto Promulgatorio Nº3131/23.
Que fue registrado mediante Resolución Nº 2023-105- GDEBA-DPNCMTGP de fecha 22/12/2023, emitida por el Ministerio de Trabajo de la ciudad de La Plata, adjunta a fs. 39/40.
Que en cumplimiento a lo normado en el Artículo 2do. de la citada Resolución, y del Artículo 58 del Decreto 784/16, reglamentario de la Ley 14.656, en su parte pertinente (4to. párrafo) reza:… (…) Luego de registrado el Convenio Colectivo la Autoridad de Aplicación remitirá copia al Honorable Concejo Deliberante correspondiente a los efectos de que emita la Ordenanza Municipal que apruebe el mismo y le otorgue efectos erga omnes, (…)
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1.- Apruébase y otórguese efecto erga omnes el “CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO MUNICIPAL”, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2do. de la Resolución Nº 2023-105- GDEBADPNCMTGP emanada por el Ministerio de Trabajo de la ciudad La Plata y del Artículo 58 del Decreto 784/16, reglamentario de la Ley 14.656.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.
PRESIDENTE – Mercedes Palmadés – SECRETARIA.-