Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 349/2024
Veinticinco de Mayo, 15/04/2024
Visto
el expediente N° 4118-01386/2024 caratulado: Licitación Privada N° 4/2024 - "Alimentos secos destinados a Secretaria de Desarrollo Humano”;
Considerando
Que a fs.1 del mismo, consta nota de necesidad formulada por la Subsecretaria de Desarrollo Humano, por un valor de cotización de aproximadamente $ 23.000.000 más IVA Incluido;
Que Contaduría informa que el valor estimado de la erogación puede encuadrar dentro de los límites establecidos en la Ley Orgánica de las Municipalidades para el llamado a Licitación Privada;
Que habiéndose confeccionado al respecto el Pliego de Bases y Condiciones, resulta necesario proceder a la aprobación del mismo mediante el dictado del acto administrativo correspondiente;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE 25 DE MAYO
DECRETA
Artículo 1°): Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Licitación Privada N° 04/2024 - "Alimento 2000 paquetes de azúcar común por Kg 2000 paquetes de yerba por 500 g, 2000 paquetes de fideos guiseros, 2000 paquetes de fideos tallarines, 2000 cajas/latas de lentejas, 2000 cajas/latas de arvejas, 2000 paquetes de harina por 1 Kg, 2000 paquetes de arroz por Kg, 2000 paquetes de polenta, 2000 botellas de aceite por 900 cc , 2000 cajas/latas de puré de tomate, por la suma de pesos veintitrés millones de pesos ( $ 23.000.000 ) " según constancias obrantes en el expediente N° 4118-01386/2024.
Artículo 2°): Llámese a Licitación Privada el día 24 de abril de 2024, a las 11 horas, en la Oficina de Compras y Suministros de la Municipalidad.
Artículo 3°): Imputar la erogación que demande su cumplimiento a la siguiente partida: Jurisdicción: 1110125000 Secretaría de Desarrollo Humano Dependencia: Administración y Control de Desarrollo Humano Unidad Ejecutora: 65 Secretaría de Desarrollo Humano Categoría Programática: 41 00.00 Acción Social Directa. Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal. Partida del gasto: 5000 Transferencias, 5100 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes. 5140 Ayudas Sociales a Personas . 5141 Ayuda Social a Personas
Artículo 4°): Refréndese por la Secretaría de Desarrollo.
Artículo 5°): Comuníquese, Regístrese y Archívese.