Boletines/Tandil
Decreto Nº 1142/2024
Tandil, 18/04/2024
Visto
Los contratos de extensión extra laboral de tareas suscriptos con los trabajadores y trabajadoras de la Dirección de Sistemas Informáticos, mediante los cuales se les otorga una suma remunerativa no bonificable.
Considerando
Que se han expedido al respecto la Dirección de Recursos Humanos, la Dirección de Presupuesto, y Contaduría General.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Ordénese el pago a los trabajadores de la Dirección de Sistemas Informáticos que se mencionan a continuación, de una suma remunerativa no bonificable establecida en la clausula cuarta de los contratos adunados, en razón de la modalidad prestacional de Extensión extra-laboral de tareas, durante el periodo comprendido que se indica en la cláusula tercera de los referidos contratos.
N° legajo |
Nombre y Apellido |
|
9752 |
Pablo Tomás Montoya |
$779.200,00 |
9959 |
Hugo Pérez |
$782.730,00 |
7308 |
Fabián Esteban Salcedo |
$631.800,00 |
7309 |
Luisa Taladriz |
$631.800,00 |
6929 |
Gladys Raquel Gavarrino |
$631.800,00 |
8660 |
Ana María Dinolfo |
$666.900,00 |
5311 |
Walter González Patrón |
$631.800,00 |
9273 |
Gustavo Alberto Fourgeaux |
$663.390.00 |
Artículo 2°: Autorícese a la Subsecretaría de Innovación Tecnológica y Participación Ciudadana, a remitir mensualmente, en el mismo período que el establecido para la liquidación de presentismo (art. 7 del Decreto N° 1579/08), el avance de las tareas realizadas en el proyecto referenciado, a los fines liquidatorios.
Artículo 3°: El egreso respectivo impútese a la partida 1.3.1.7 “Adicional Especial Remunerativo No Bonificable por Tareas Especiales”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. - Administración Municipal, 1.1.1. - Administración Central, 1.1.1.01. - Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.11. - Jefatura de Gabinete, Actividad 01 - Administración de Jefatura, Subactividad 06 - Modernización del Estado, del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio 2023.
Artículo 4°: Insístase ante Contaduría General la erogación dispuesta por el presente a efectos de lo que, al respecto, establece e Art. 186 de la Ley Orgánica Municipal.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno.
Artículo 6°: Regístrese, notifíquese por la Subsecretaría de Innovación Tecnológica y Participación Ciudadana, tomen conocimiento Dirección de Presupuesto, Contaduría General, y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo.
Firma Digital: Alejandra Elizabeth Marcieri (Secretaria) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Gobierno - Intendencia