Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1923/23
Coronel Pringles, 20/12/2023
Visto
el Expediente N° 1.049/23 iniciado por la Directora de Ambiente y Espacio Público REF. LIMPIEZA DE TERRENO UBICADO EN BROWN 1275; y
Considerando
Que es una atribución del Intendente Municipal conforme surge del Art 108º inc. 5 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, adoptar medidas preventivas para evitar incumplimientos a las Ordenanzas de orden público, estando facultado para clausurar establecimientos, decomisar y destruir productos, demoler y trasladar instalaciones. Para allanar domicilios, procederá con arreglo a lo dispuesto en el artículo 24° de la Constitución Provincial, que establece que el domicilio de una persona no podrá ser allanado sino por orden escrita de las autoridades municipales encargadas de vigilar la ejecución de los reglamentos de salubridad pública y a este solo objeto;
Que a fs. 28 surgen fotografías donde consta que dicho terreno se encuentra en estado de abandonado, con pastizales altos, residuos y desechos, contando el mismo con una vivienda precaria;
Que la Dirección de Ambiente y Espacio Público solicita el allanamiento del inmueble ubicado en calle Brown Nº 1.275, Partida 10696, titularidad de Rodríguez Castaño Francisco, requiriendo medidas de saneamiento debido a que se pudo observar que el inmueble se encuentra en presumible estado de abandono, existiendo en el mismo altos pastizales conformando un escenario propicio donde se pueden proliferar plagas, insectos, roedores, bacterias y demás agentes transmisores de enfermedades;
Que asimismo, la Dirección mencionada informa que las altas temperaturas convierten los sitios en un peligro latente de posibles incendios que podrían causar problemas en la zona y se expandiría con mucha rapidez. En el mismo sentido la Dirección informa que el inmueble genera un impacto visual negativo para quienes transitan por la zona, resultando además perjudicial el predio a la seguridad pública, promoviendo accidentes y robos;
Que a fs. 27-28 la Dirección de Bromatología informó que se realizó una constatación de la condición del predio donde se observaron arboledas, pastizales altos, residuos y desechos, sumado a la edificación en mal estado y abandonada;
Que la Dirección informa que todo el predio se encuentra en estado de abandono, acompaña fotografías, así mismo informa que tanto la casa como los pastizales pueden ser foco de atracción para anidamientos, refugio y colonias de roedores, propagación de insectos principalmente mosquitos en épocas cálidas generando condiciones de insalubridad para los vecinos;
Que entre las prácticas recomendadas por la Dirección de Bromatología ante las mencionadas situaciones se encuentra el desmalezado, eliminación de escombros y otros desperdicios de gran tamaño que pueden proporcionar abrigo y funcionar como refugio;
Que conforme surge del expediente, el terreno se encuentra abandonado desde octubre de 2023, con notificación por parte del Municipio al titular, a fin de que regularice la situación;
Que el municipio, en pos de preservar la salubridad pública, debe intervenir y realizar un operativo de desinfección, limpieza, retiro de chatarra y elementos en estado de abandono, ello porque son un escenario propicio para producir una contaminación con consecuencias a futuro y para la proliferación de plagas conforme se acredita con los informes de la Dirección de Ambiente y Espacio Público e informe expedido por la Dirección de Bromatología;
Que de acuerdo a lo expuesto, la Asesoría Legal dictamina que correspondería decretar el allanamiento del predio sito en calle Brown (12) Nº 1.275 de Coronel Pringles, de acuerdo a las facultades que son propias del Sr. Intendente Municipal conforme surge del art. 108 inc. 5 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el art. 24 de la Constitución Provincial, y efectuar por medio de los agentes especializados limpieza y desinfección del terreno, retiro de chatarra, residuos y todo elemento en estado de abandono. Asimismo se deberá cargar a la Partida 10696 del predio los costos que la actividad genere conforme lo establece el art. 90º de la Ordenanza Fiscal vigente;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Allánese el predio sito en calle Brown (12) Nº 1.275 de Coronel Pringles y efectúese por medio de los agentes especializados la limpieza y desinfección del terreno, retiro de chatarra, residuos, y todo elemento en estado de abandono, de conformidad con las facultades que surgen del artículo 108° inc. 5 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el artículo 24° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2°: Procédase a cargar el costo ocasionado por los trabajos especiales de limpieza e higiene realizados en el inmueble a la Partida 10696, situado en calle Brown (12) Nº 1.275, en el marco de lo normado en el artículo 90° de la Ordenanza Fiscal vigente, según lo expuesto en el exordio del presente.
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.923/23.