Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1913/23
Coronel Pringles, 20/12/2023
Visto
el Expediente N° 2.748/23, iniciado por la Sra. Fusari Paula, Directora de Comunicación; y
Considerando
Que a fs. 01 solicita se proceda a la contratación mediante Locación de obra del Sr. Juan Francisco Carrafancq, para realizar tareas de diseño gráfico y publicidad de la Municipalidad de Coronel Pringles;
Que dichas tareas consiste en diseñar las publicaciones obligatorias del municipio en medios gráficos, como llamados a concursos profesionales, aviso de deudas de tasas, licitaciones, como así también el diseño del Boletín Oficial de las Ordenanzas Municipales, convocatoria a actos oficiales y todo tipo de campaña que se realice;
Que en virtud a la declaración de incompetencia suscripta por dicha Dirección se considera la contratación solicitada en el marco del artículo 148º de la L.O.M;
Que el monto a abonar mensual es de $135.707,00, desde el 01/01/24 al 31/03/24;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Dirección de Comunicación, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Autorícese la ampliación de la contratación mediante Locación de obra con el Sr. CARRAFANCQ Juan Francisco, CUIL 20-24785200-0, para desarrollar tareas de diseño gráfico y publicidad de la Municipalidad de Coronel Pringles, por la suma mensual de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SIETE ($135.707,00), desde el 01/01/24 al 31/03/24.
ARTICULO 3°: Lo dispuesto en el artículo 1° se atenderá por Jurisdicción 1110117000 “Administración Central”- Categoría Programática 16.00.00 “Dirección de Comunicación” – Partida 3.4.9.0. “Otros”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, en forma diferida al ejercicio 2024.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.913/23.