Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1912/23

Decreto Nº 1912/23

Coronel Pringles, 20/12/2023

Visto

y Considerando el Expediente N° 2.752/23 iniciado por la Directora de Comunicación Sra. Fusari Paula; y

Considerando

Que mediante el mismo solicita se proceda a renovar la contratación mediante Locación de Obra de “Croma Servicios Visuales” del Sr. Gustavo Avila, para efectuar tareas de edición de audio y video para spot de comunicación destinada a radios, televisión e Internet, y todo tipo de campaña publicitaria que el Municipio realice;

Que el monto a abonar será de $132.691,00 mensuales, haciendo un monto total de $398.073,00 siendo el plazo de contratación desde el 01/01/24 hasta el 31/03/24;                                                                                                                    

Que en virtud a la declaración de incompetencia suscripta por dicha Dirección se considera la contratación solicitada en el marco del artículo 148º de la L.O.M;

                Por ello; en uso de las facultades que le son propias; 

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Dirección de Comunicación, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.

ARTICULO 2°: Autorícese la renovación de la contratación mediante locación de Obra de “Croma Servicios Visuales” del Sr. Gustavo AVILA, CUIT 20-20523067-0, para efectuar tareas de edición de audio y video para spot de comunicación destinada a radios, televisión e Internet, y todo tipo de campaña publicitaria que el Municipio realice, abonándosele la suma mensual de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO ($132.691,00) mensuales, haciendo un monto total de $398.073,00, siendo el plazo de contratación desde el 01/01/24 hasta el 31/03/24.

ARTICULO 3°: Lo dispuesto en el artículo 2° se atenderá por Jurisdicción 1110117000 “Administración Central”, Categoría Programática 16.00.00 “Dirección de Comunicación”, Partida 3.4.9.0. “Otros”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, en forma diferida al ejercicio 2024.

ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.912/23.