Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1881/23
Coronel Pringles, 15/12/2023
Visto
el Expediente N° 2.738/23 iniciado por la Directora de Ambiente y Espacio Público, Ing. Ángela Bohn; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita autorización para realizar convenio entre este Municipio de Coronel Pringles y la Cooperativa de Trabajo “Pringles a la Obra”, para realizar la tarea de conservación y mantenimiento de los espacios públicos ubicados dentro del ejido urbano de esta ciudad;
Que las obras de infraestructura que implican la creación de espacios de ocio/ esparcimiento y mantenimiento y el buen estado de los mismos están relacionadas implícitamente con la calidad de vida, el medio ambiente, la vida y la supervivencia en la localidad;
Que el área presenta un número de trabajadores que, en condiciones normales, resulta insuficiente para mantener la totalidad de los espacios;
Que el costo de contratación será de $18.576.000,00 en todo concepto, IVA y Seguros incluidos, por el término de seis (6) meses corridos a partir del 01/01/2024 al 30/06/2024;
Que se informa que se otorgará un anticipo financiero por un valor de $1.857.600,00, destinado a la adquisición de insumos, ropa y elementos necesarios;
Que se adjunta al Expediente N° 2.738/23 un anexo denominado “Conservación y Mantenimiento de Espacios Públicos”;
Que en función del Artículo 132º - Inciso “C” de la Ley Orgánica de las Municipalidades, considerando que el mantenimiento y conservación de espacios públicos se encuadra en el concepto de “Obra de Infraestructura”, es posible la excepción de la contratación directa con la Cooperativa de Trabajo “Pringles a la Obra” y en el marco de lo dispuesto en el artículo 156°, Inc. 8) de la norma antes mencionada;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Autorícese la Contratación directa de la COOPERATIVA DE TRABAJO “PRINGLES A LA OBRA”, para realizar la tarea de conservación y mantenimiento de los espacios públicos de esta ciudad, siendo la contratación por la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL ($18.576.000,00), por todo concepto, IVA y seguros incluidos por el periodo de seis (6) meses corridos a partir del 01/01/2024 y hasta el 30/06/2024, renovable de común acuerdo por igual periodo, siendo los montos mensuales de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS MIL ($2.700.000,00) para enero y febrero, PESOS TRES MILLONES SETENTA Y OCHO MIL ($3.078.000,00) para marzo y abril y TRES MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL ($3.510.000,00) para mayo y junio, en función del Artículo 132º - Inciso “c” de la Ley Orgánica de las Municipalidades, considerando que el mantenimiento y conservación de espacios públicos se encuadra en el concepto de “Obra de Infraestructura”, y lo normado en el Artículo 156º, Inciso 8 de la L.O.M.
ARTICULO 2°: Otórguesele un anticipo financiero por un valor de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ($1.857.600,00), destinado a la adquisición de insumos, ropa y elementos necesarios.
ARTICULO 3°: El gasto mencionado en el artículo 1° se imputará en Jurisdicción 1110125000 “Secretaría Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Categoría Programática 17.01.00 “Ambiente y Espacios Públicos”, Partida 3.3.7.0. “Limpieza, Aseo y Fumigación”, Fuente de Financiamiento 110 “Origen Municipal” en forma diferida para el ejercicio 2024.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.881/23.