Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1847/23
Coronel Pringles, 12/12/2023
Visto
el Expediente N° 0265/22 iniciado por el Dr. BERRUET Esteban – Secretario de Salud; y
Considerando
Que a la obra de Ampliación del Área de Internación del Hospital Municipal se le asignó un crédito presupuestario de $12.475.972,75, siendo el monto total solicitado por el administrador del hospital juntamente con el arquitecto de la obra de $13.487.052,37, por lo que corresponde realizar la correspondiente modificación presupuestaria;
Que así mismo, dicha obra contaba con un Presupuesto original de $12.954.665,58, requiriéndose para su culminación una ampliación de $ 532.386.79, resultando pertinente realizar la ampliación debida;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Auméntese el cálculo de Recursos en la Jurisdicción 1110119000 “Jefatura de Gabinete”, Rubro 12.9.25.00 “Contribución para Infraestructura Hospital y/o Sanitaria”, Fuente de Financiamiento 131 – “De Origen Municipal”, por un importe de PESOS UN MILLON ONCE MIL SETENTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($1.011.079,59) aumentando en el mismo importe el Presupuesto de Gastos en Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 34.00.00 “Ampliación del Área de Internación”, Partida 4.2.1.0 “Construcciones en bienes de dominio privado”, Fuente de Financiamiento 131 – “ De Origen Municipal”.
ARTICULO 2°: En virtud de lo expresado, la Ampliación Presupuestaria de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($532.386,79) se atenderá por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 34.00.00 “Ampliación del Área de Internación, Partida 4.2.1.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Privado”, Fuente de Financiamiento 131 – “De Origen Municipal”. Recurso 12.9.25.00, “Contribución para Infraestructura Hospital y/o Sanitaria”.
ARTICULO 3°: Ordénese a la Mesa General de Entradas a recaratular el Expediente Nº 0265/22, donde dice “BERRUET ESTEBAN” deberá decir “QUETI NICOLAS”.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.847/23.