Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1814/23
Coronel Pringles, 07/12/2023
Visto
y
Considerando
Que es necesario para el normal funcionamiento de los expedientes de habilitaciones comerciales, regularizar un procedimiento ágil y funcional.-
PROTOCOLO DE ACTUACION DE HABILITACIONES:
PRIMERO: MESA DE ENTRADA: La documentación a presentar por los contribuyentes que procuren una habilitación comercial, se recepcionará en la Mesa General de Entradas del Palacio Municipal, donde se iniciará el expediente, que luego se remitirá a la Oficina de Habilitaciones Comerciales que funcionará en Asesoría Legal;
SEGUNDO: En esta oficina se controlará toda la documentación, en caso de existir pendiente o faltantes se le requerirá al contribuyente para que en plazo de diez (10) días hábiles adjunte la documentación carente. En caso de silencio o incumplimiento, se producirá de forma inmediata el archivo del expediente, que solo podrá ser desarchivado en caso de detectarse error de la administración, para todo otro caso se deberá iniciar nuevo proceso;
Documentación mínima a presentar para habilitación comercial:
Fotocopia de Documento Nacional de Identidad del solicitante
Constancia de C.U.I.L. o C.U.I.T. del solicitante
Fotocopia certificada de contrato de alquiler, comodato, y/o el que corresponda. Las firmas contenidas en el contrato, comodatos etc. deben estar certificadas. Las copias podrán ser certificadas en Asesoría Legal, teniendo en vista el original;
Documento que acredite la titularidad del inmueble (Fotocopia certificada: escritura, boleto de compra-venta debidamente certificado);
Declaración jurada con valuación de activos fijos, excluidos inmueble y rodados;
Declaración Jurada de cantidad de metros cuadrados (cubiertos y descubiertos) del local a habilitar;
Las declaraciones juradas se encuentran en el mismo formulario que otorga Mesa de Entradas;
En el caso de que el solicitante sea una sociedad de cualquier índole, además de la documentación anteriormente mencionada se deberá solicitar:
Inscripción en AFIP
Copia certificada de Estatuto
Copia certificada de la última designación de autoridades
TERCERO: Desde Asesoría Legal se cursará MAIL a:
A.-CATASTRO para que informe si el local a habilitarse posee planos de obras actualizados, así como la factibilidad de habilitación en el lugar, conforme Ordenanza de Zonificación;
B.-RECAUDACION para que informe si el solicitante y/o dueño del local a habilitarse posee deudas; si existe deuda la Oficina de Habilitaciones notifica o llama al solicitante para informarle la obligatoriedad de su regularización.
C.-BROMATOLOGIA: a fin de que se realice inspección del lugar a habilitar y el análisis correspondiente;
CUARTO: Verificada que se encuentre toda la documentación y cumplidos los pasos administrativos correspondientes, se pasa a DESPACHO a efectos de redactar el acto administrativo que corresponda, rechazando u otorgando la habilitación, en su caso de forma definitiva o provisoria conforme corresponda;
QUINTO: Otorgada o rechazada la habilitación, se procede al envío de los actuados a la Oficina de Recaudación a fin de llevar a cabo el trámite pertinente en el sistema; una vez realizado se notificará al contribuyente a través del Decreto correspondiente, archivando las actuaciones mediante la Mesa General de Entradas.
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Autorícese el protocolo de actuación respecto a habilitaciones comerciales supra detallado.
ARTICULO 2°: Autorícese el funcionamiento de la Oficina de Habilitaciones Comerciales en Asesoría Legal.
ARTICULO 3°: Autorícese la funcionalidad del Expediente de habilitaciones comerciales sin pase entre oficinas, y mediante la remisión y recepción de mails entre las respectivas áreas, situación que otorgará al procedimiento celeridad y economía de materiales y tiempo.
ARTICULO 4°: Cúmplase, Comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.814/23.