Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1803/23
Coronel Pringles, 05/12/2023
Visto
el Expediente Nº 436/16 iniciado por la Asociación del Comercio y la Industria de Coronel Pringles; y
Considerando
Que la Contaduría Municipal informa que en común acuerdo con la Jefatura de Gabinete resuelven instrumentar la firma del pertinente Convenio que permite la recepción del pago de Tasas y Servicios que presta la Municipalidad de Coronel Pringles, con la Asociación del Comercio y la Industria de Coronel Pringles, comercio ubicado en calle Mitre N° 957 de esta localidad;
Que no existe inconveniente en dar lugar a lo peticionado, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 201°, 202°, 218° al 224° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y artículos 27° al 29° y 117° al 122° del Reglamento de Contabilidad;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Autorícese la suscripción de un Convenio, entre la Municipalidad de Coronel Pringles y la Asociación del Comercio y la Industria local, sito en calle Mitre N° 957, a partir del 01/01/24 y por el término de 1 (un) año para la recepción del Pago de Tasas y Servicios que presta este Municipio, previa acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos por los Artículos 201°, 202°, 218°, 219°, 220°, 221°, 222°, 223° y 224° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y los artículos 27°, 28°, 29°, 30°, 117°, 118°, 119°, 120°, 121° y 122° del Reglamento de Contabilidad.
ARTICULO 2°: Lo recaudado por lo dispuesto en el artículo 1° se acreditará en la Cuenta Corriente “Fondos Ordinarios”, en forma diferida en el Ejercicio 2024.
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 1.803/23.