Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1794/23

Decreto Nº 1794/23

Coronel Pringles, 05/12/2023

Visto

el Expediente Nº 1.354/23, Cuerpo II, iniciado por la Directora de Obras e Infraestructura, Arq. María Belén Lucarelli; y

Considerando

Que por Decreto Nº 1.107/23 se adjudicó la Licitación Privada N° 17/23 por la “Contratación de Materiales, Mano de Obra, Maquinarias y Herramientas para la construcción de un Puente en el Balneario Municipal”, a la Firma GAETANO INGENIERIA S.R.L;

Que en virtud de la detección de una napa freática a 50 centímetros de profundidad del suelo, resulto necesario la realización de tareas adicionales (platea) a las originariamente presupuestadas;

Que en razón de ello es menester proceder con la pertinente Modificación Presupuestaria;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Autorícese la Modificación Presupuestaria pertinente aumentando el Presupuesto de Gastos en la suma de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL  CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($995.482,92), en Jurisdicción  1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Categoría Programática 28.51.00 “Puente Balneario Municipal”, Partida 4.2.1.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Privado”, Fuente de Financiamiento 131 - de Origen Municipal, disminuyendo en el mismo importe el Presupuesto de Gastos en Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Categoría Programática 28.05.00 “Obras FOPOS”, Partida 4.2.1.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Privado”, Fuente de Financiamiento 131 - de Origen Municipal.

ARTICULO 2°: El monto determinado en el artículo se atenderá por Jurisdicción  1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Categoría Programática 28.51.00 “Puente Balneario Municipal”, Partida 4.2.1.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Privado”, Fuente de Financiamiento 131 – de Origen Municipal. Recurso 12.9.19.00 “Fondo para Obras y Servicios (FOPOS)”.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.794/23.