Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1771/23

Decreto Nº 1771/23

Coronel Pringles, 28/11/2023

Visto

el Oficio Judicial remitido por el Juzgado de Paz Letrado de Coronel Pringles; y

Considerando

Que mediante el mismo solicita se dé lugar a lo ordenado en los autos caratulados “BERIAIN, CECILIA VANESA C/ ORELLANO, SILVIA LILIANA Y PALLAVEDINO, GUILLERMO FABIÁN S/ALIMENTOS Expediente Nº 21141-2023”, en trámite por ante el Juzgado de Paz Letrado de Coronel Pringles, a cargo del Dr. Fernando Luis Goñi Pisano, Secretaría Única, sito en calle Pellegrini Nº 840 de Coronel Pringles, de Departamento Judicial Bahía Blanca;

Que el auto que ordena el mismo dispone realizar, como modalidad de pago, la retención de haberes que percibe la Sra. SILVIA LILIANA ORELLANO, DNI: 18.475.384, en su carácter de dependiente de la Municipalidad de Coronel Pringles por una suma de $44.542,40 en concepto de alimentos, con más $ 22.000,00 para responder a intereses, gastos, costas y costos de la ejecución, depositándose las sumas del 1 al 10 de cada mes en la Cuenta Judicial abierta al efecto, N° 6846-027-501362/0.- CBU: 0140351827684650136206;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Dese lugar a lo decretado en los autos “BERIAIN, CECILIA VANESA C/ ORELLANO, SILVIA LILIANA Y PALLAVEDINO, GUILLERMO FABIÁN S/ALIMENTOS - N° Causa: 21141-2023”, Expediente Nº 21141-2023, de trámite por ante el Juzgado de Paz Letrado de Coronel Pringles, a cargo del Dr. Fernando Luis Goñi Pisano, Secretaría Única, sito en calle Pellegrini Nº 840 de Coronel Pringles, Departamento Judicial Bahía Blanca, procediendo a realizar, la retención de haberes que percibe la Sra. SILVIA LILIANA ORELLANO, DNI: 18.475.384, en su carácter de dependiente de la Municipalidad de Coronel Pringles por una suma a PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS CON CUARENTA CENTAVOS (44.542,40), como dependiente de esta Municipalidad, como modalidad de pago de cuota alimentaria, con más PESOS VEINTIDOS MIL ($22.000,00) para responder a intereses, gastos, costas y costos de la ejecución.

ARTICULO 2°: Las sumas que correspondan retener se depositarán del 1 al 10 de cada mes en la misma cuenta abierta al efecto, Cuenta Judicial N° 6846-027-501362/0.- CBU: 0140351827684650136206.

ARTICULO 3°: Cúmplase, Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.771/23.