Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1700/23

Decreto Nº 1700/23

Coronel Pringles, 13/11/2023

Visto

el Expediente Nº 0422/22, autos caratulados  “ASESORA LEGAL REF. APREMIO ORGANIZACIÓN MARADEI S.A.”; y

Considerando

Que a fs. 1/3  luce  la demanda de apremio  iniciada 14/10/2015 en el Juzgado de Paz de Coronel Pringles bajo los autos caratulados “Municipalidad de Coronel Pringles c/ Organización Maradei S.A s/ Apremio” Expediente Judicial  15150-2015, reclamando  la suma de $194.202,84  por la deuda de la partida inmobiliaria Nº 1076 en concepto de Tasa de Red Vial;

Que atento al interés por parte del contribuyente en cancelar la deuda, se procedió a solicitar al Director de Ingresos Públicos y Cobranzas la liquidación actualizada de deuda de la partida mencionada;

Que a fs. 34 surge cuadro de liquidación de capital, intereses, gastos y honorarios  por la suma de $1.131.539,54;

Que a fs. 53-54  surge el convenio de reconocimiento de deuda y pago por parte del representante legal de Organización Maradei, Sr. Guillermo Maradei;

Que  a fs. 55 consta  la homologación Judicial del convenio presentado;

Que por lo expuesto, corresponde imputar la suma total depositada por el contribuyente en la cuenta del Municipio, de $1.131.539,54, (comprobantes obrantes a fs. 45, 46, 47 y 52);

Por ello, en uso de las facultades que le son propia;

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Ratifíquese la suscripción de un convenio de reconocimiento de deuda y pago con el Sr. Guillermo Maradei, DNI 17.669.039, por una parte y los Dres. Silvio Daniel Iphais y Rafael Alberto Casquero en calidad de apoderados del Municipio de Coronel Pringles a los efectos del reconocimiento de deuda y pago de las sumas reclamada en el juicio de apremio caratulado “MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES C/ORGANIZACIÓN MARADEI S/ APREMIO” Expte Nº 15150-2015, por la suma de PESOS UN MILLON CIENTO TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($1.131.539,54).

ARTICULO 2°: La suma de PESOS UN MILLON CIENTO TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($1.131.539,54) la cual se imputara de la siguiente forma:

$194.202,84  en concepto de capital.

$743.099,69 concepto de intereses

$16.900 en concepto de jus previsional y bono Ley

$20.620,60  en concepto de tasa de justicia

$2.062,60  en concepto de sobre tasa de justicia

$ 70.297,69  en concepto de honorario del Dr. Silvio Daniel Iphais

$ 7.029,76 en concepto de Adicional de ley 6716. (Dr. Silvio Daniel Iphais)

$70.297,69  en concepto de honorario del Dr. Rafael Alberto Casquero

$7.029,76 concepto de Adicional de ley 6716 (Dr. Rafael Alberto Casquero)

Conforme Decreto Ley 8.838/77, los abogados intervinientes dependientes del Municipio percibirán solo el 50% de los honorarios regulados, ya que el otro 50% pertenece al Municipio.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.700/23.