Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1700/23
Coronel Pringles, 13/11/2023
Visto
el Expediente Nº 0422/22, autos caratulados “ASESORA LEGAL REF. APREMIO ORGANIZACIÓN MARADEI S.A.”; y
Considerando
Que a fs. 1/3 luce la demanda de apremio iniciada 14/10/2015 en el Juzgado de Paz de Coronel Pringles bajo los autos caratulados “Municipalidad de Coronel Pringles c/ Organización Maradei S.A s/ Apremio” Expediente Judicial 15150-2015, reclamando la suma de $194.202,84 por la deuda de la partida inmobiliaria Nº 1076 en concepto de Tasa de Red Vial;
Que atento al interés por parte del contribuyente en cancelar la deuda, se procedió a solicitar al Director de Ingresos Públicos y Cobranzas la liquidación actualizada de deuda de la partida mencionada;
Que a fs. 34 surge cuadro de liquidación de capital, intereses, gastos y honorarios por la suma de $1.131.539,54;
Que a fs. 53-54 surge el convenio de reconocimiento de deuda y pago por parte del representante legal de Organización Maradei, Sr. Guillermo Maradei;
Que a fs. 55 consta la homologación Judicial del convenio presentado;
Que por lo expuesto, corresponde imputar la suma total depositada por el contribuyente en la cuenta del Municipio, de $1.131.539,54, (comprobantes obrantes a fs. 45, 46, 47 y 52);
Por ello, en uso de las facultades que le son propia;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Ratifíquese la suscripción de un convenio de reconocimiento de deuda y pago con el Sr. Guillermo Maradei, DNI 17.669.039, por una parte y los Dres. Silvio Daniel Iphais y Rafael Alberto Casquero en calidad de apoderados del Municipio de Coronel Pringles a los efectos del reconocimiento de deuda y pago de las sumas reclamada en el juicio de apremio caratulado “MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES C/ORGANIZACIÓN MARADEI S/ APREMIO” Expte Nº 15150-2015, por la suma de PESOS UN MILLON CIENTO TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($1.131.539,54).
ARTICULO 2°: La suma de PESOS UN MILLON CIENTO TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($1.131.539,54) la cual se imputara de la siguiente forma:
$194.202,84 en concepto de capital.
$743.099,69 concepto de intereses
$16.900 en concepto de jus previsional y bono Ley
$20.620,60 en concepto de tasa de justicia
$2.062,60 en concepto de sobre tasa de justicia
$ 70.297,69 en concepto de honorario del Dr. Silvio Daniel Iphais
$ 7.029,76 en concepto de Adicional de ley 6716. (Dr. Silvio Daniel Iphais)
$70.297,69 en concepto de honorario del Dr. Rafael Alberto Casquero
$7.029,76 concepto de Adicional de ley 6716 (Dr. Rafael Alberto Casquero)
Conforme Decreto Ley 8.838/77, los abogados intervinientes dependientes del Municipio percibirán solo el 50% de los honorarios regulados, ya que el otro 50% pertenece al Municipio.
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.700/23.