Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1672/23

Decreto Nº 1672/23

Coronel Pringles, 06/11/2023

Visto

el Expediente N° 1.111/23, iniciado por la Directora del Hospital Municipal Dra. Carolina Yuli; y

Considerando

Que mediante el mismo solicita la contratación mediante Locación de Obra con el Dr. Ariel César Juárez, Especialista en Psiquiatría, para desempeñar tareas en el Servicio de Salud Mental del Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, con una concurrencia de dos días al mes con una carga horaria de cuatro horas cada uno, del 01/11/23 y hasta el 31/12/23, abonándosele la suma de $165.771,05 por día trabajado, de acuerdo a la certificación del área;

Que dicha contratación se basa en la declaración de incompetencia suscripta por la Directora de dicho nosocomio, en el marco de lo normado en el artículo 148º de la L.O.M.;

             Por ello en uso de las facultades que le son propias;

                             

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Salud para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.

ARTICULO 2°: Autorícese la Contratación mediante Locación de Obra del profesional no residente Dr. JUAREZ Ariel César, DNI 24.579.378, Especialista en Psiquiatría, para desempeñar tareas en el Servicio de Salud Mental del Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, con una concurrencia de dos días al mes con una carga horaria de cuatro horas cada uno, del 01/11/23 y hasta el 31/12/23, abonándosele la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL CON CINCO CENTAVOS ($165.771,05) por día trabajado, de acuerdo a la certificación del área.

ARTICULO 3°: El gasto mencionado en el artículo 2° se atenderá por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud” - Categoría Programática 18.00.00 “Unidades con

Internación” - Partida 3.4.2.0. “Servicios Técnicos y Profesionales - Médicos y Sanitarios” - Fuente de Financiamiento 110 - “Tesoro Municipal”.

ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.672/23.