Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1615/23
Coronel Pringles, 26/10/2023
Visto
el Oficio Judicial remitido por el Juzgado de Paz Letrado de Coronel Pringles; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita se dé lugar a lo ordenado en los autos caratulados “CARABAJAL, DAIANA SOLEDAD C/ QUIROGA, MARCELO DANIEL S/ ALIMENTOS”, Expediente N° 20389/2022, en trámite por ante el Juzgado de Paz Letrado de Coronel Pringles, a cargo del Dr. Fernando Luis Goñi Pisano, Secretaría Única, sito en calle Pellegrini Nº 840 de Coronel Pringles, del Departamento Judicial Bahía Blanca;
Que el auto que ordena el mismo dispone el embargo de la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS CON 48/100 ($ 161.272,48) que corresponden a honorarios regulados equivalentes a 11.15 IUS (AC 4114 SCBA) y adicional de ley, con más la suma de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000) que se presuponen prima facie para responder a intereses, costas y costos de la ejecución, sobre los haberes que el Sr. QUIROGA, Marcelo Daniel, D.N.I. N° 26.678.141, percibe como dependiente de esta Municipalidad, depositándose las sumas del 1 al 10 de cada mes en la cuenta judicial N° 6846-027-502014/2 - CBU N° 014351827684650201427, perteneciente a la sucursal local del Banco de la Provincia de Buenos Aires;
Que así mismo dispone que los descuentos correspondientes se deberán hacer en la proporción de ley, conforme lo dispuesto por el art. 120 de la Ley 20.744 -mod. por Ley 21.297, Decreto N° 484/87 y de conformidad con la Res. 10/2023 del Ministerio De Trabajo, Empleo Y Seguridad Social;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Dese lugar a lo decretado en los autos “CARABAJAL, DAIANA SOLEDAD C/ QUIROGA, MARCELO DANIEL S/ ALIMENTOS”, Expediente N° 20389/2022, Expediente N° 20389/2022, de trámite por ante el Juzgado de Paz Letrado de Coronel Pringles, a cargo del Dr. Fernando Luis Goñi Pisano, Secretaría Única, sito en calle Pellegrini Nº 840 de Coronel Pringles, Departamento Judicial Bahía Blanca, embargando de la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 161.272,48) que corresponden a honorarios regulados y adicional de ley, con más la suma de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000) que se presuponen prima facie para responder a intereses, costas y costos de la ejecución, sobre los haberes que el Sr. QUIROGA, Marcelo Daniel, D.N.I. N° 26.678.141, percibe como dependiente de esta Municipalidad.
ARTICULO 2°: Los descuentos correspondientes se deberán hacer en la proporción de ley, conforme lo dispuesto por el art. 120 de la Ley 20.744 -mod. por Ley 21.297, Decreto N° 484/87 y de conformidad con la Res. 10/2023 del Ministerio De Trabajo, Empleo Y Seguridad Social.
ARTICULO 3°: Las suma que corresponda retener se depositará del 1 al 10 de cada mes en la cuenta judicial N° 6846-027-502014/2 - CBU N° 014351827684650201427, perteneciente a la sucursal Coronel Pringles, del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.615/23.