Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1613/23

Decreto Nº 1613/23

Coronel Pringles, 25/10/2023

Visto

el Oficio Judicial remitido por el Juzgado de Familia Nro. 1 de Olavarría, Departamento Judicial  de Azul; y

Considerando

Que mediante el mismo solicita se dé lugar a lo ordenado en los autos caratulados “LANEZAN HUGO RAUL Y LURBET NOELIA ANDREA S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO”,  Expte. OL2345-2023, en trámite por ante el  Juzgado de Familia Nro. 1 de Olavarría, Departamento Judicial  de Azul, con sede en Moreno Nº 3157, Olavarría, a cargo de Ramiro Saralegui. Juez de Familia, Secretaría Unica a cargo de la Dra. María Daniela Álvarez, con el objeto de solicitar que se proceda a retener la suma de cincuenta y dos mil quinientos pesos ($ 52.500) "o" la suma que corresponda al VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) del sueldo y/o ingresos mensuales netos de deducciones (ingresos mensuales se entiende la remuneración recibida tanto en concepto de sueldo básico, como de sus adicionales, horas extras, bonificaciones, Aguinaldo, etc.) "o" la suma que corresponda al CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del Salario Mínimo Vital y Móvil, de ellas la que resulte mayor, agregando a las sumas por dichos conceptos, aquellos percibidos por asignación familiar y/o la Asignación Universal por Hijo en caso que la perciba el alimentante;

Que la suma resultante de la retención mencionada deberá ser depositada del 1 al 10 de cada mes, en la cuenta que abierta al efecto en el Banco Provincia de Buenos Aires, N° de Cuenta: 6379-027-0512185/8 (Prop.: 123426) C.B.U: 0140337227637951218588;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Dese lugar a lo decretado en los autos “LANEZAN HUGO RAUL Y LURBET NOELIA ANDREA S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO”,  Expte. OL2345-2023, en trámite por ante el  Juzgado de Familia Nro. 1 de Olavarría, Departamento Judicial  de Azul, con sede en Moreno Nº 3157, Olavarría, a cargo de Ramiro Saralegui. Juez de Familia, Secretaría Única a cargo de la Dra. María Daniela Álvarez, procediéndose a la retención de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 52.500) o la suma que corresponda al VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) del sueldo y/o ingresos mensuales netos de deducciones (recibida tanto en concepto de sueldo básico, como adicionales, horas extras, bonificaciones, Aguinaldo, etc.) "o" la suma que corresponda al CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del Salario Mínimo Vital y Móvil, de ellas la que resulte mayor, de los haberes que percibe el agente Hugo Raúl Lanezan, D.N.I.  N° 29.159.783, Legajo N° 5393, como dependiente de esta Municipalidad, como modalidad de pago de cuota alimentaria, agregando a las sumas por dichos conceptos, aquellos percibidos por asignación familiar y/o la Asignación Universal por Hijo en caso que la perciba.

ARTICULO 2°: La suma resultante de la retención determinada en el artículo 1º deberá ser depositada del 1 al 10 de cada mes, en la cuenta abierta al efecto en el Banco Provincia de Buenos Aires, N° de Cuenta: 6379-027-0512185/8 (Prop.: 123426) C.B.U.  0140337227637951218588.-.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.613/23.