Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1575/23

Decreto Nº 1575/23

Coronel Pringles, 18/10/2023

Visto

el Expediente Nº 2.642/20 iniciado por los Sres. Alonso Valeriano y  Alonso Alberto; y

Considerando

Que mediante el mismo los herederos del Sr. Héctor Alonso, solicitan nueva tasación del terreno fiscal respecto del cual se suscribió oportunamente boleto de compraventa entre aquel y la Municipalidad;   

Que en virtud de lo dispuesto por la Ordenanza Nº 4.927/23, resulta procedente la realización de una nueva tasación y fijación de valor real del inmueble objeto de la compraventa, a fin de que los adquirentes abonen el saldo restante de la operación según el nuevo valor establecido;

Que según tasación agregada a autos e informe de la Dirección de Ingresos Públicos y Cobranzas, el valor actual total del inmueble de referencia asciende a la suma de $3.500.000,00;

Que dicho valor correspondería a las sesenta (60) cuotas originalmente pactadas, habiendo el particular abonado 55 de ellas, solo restan pagan 5 cuotas de $58.333,33 cada una;

Que en consecuencia deberá formalizarse un nuevo convenio donde se establezcan las condiciones y forma de pago;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Establézcase en PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($3.500.000,00) el valor de venta del inmueble sito en calle Alem Nº 283 de Coronel Pringles, Nomenclatura Catastral: Circunscripción XIII, Sección F, Manzana 521, Parcela 19,  cuyas medidas son  12,50 mts. de frente por 25,00 mts de fondo.

ARTICULO 2º: Autorícese la suscripción de un nuevo convenio a fin de establecer la forma de pago y demás obligaciones de las partes en relación al saldo deudor según el valor determinado en el artículo 1º, de acuerdo a lo expresado en el exordio del presente, en el marco de la Ordenanza Nº 4.927/23.

ARTICULO 3°: Los honorarios del tasador estarán a cargo del solicitante de la compra y se liquidarán en la  primera cuota del convenio (art. 3 Ord. Nº 4.927/23).

ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.575/23.