Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1565/23

Decreto Nº 1565/23

Coronel Pringles, 11/10/2023

Visto

el Expediente N° 0748/23, Alcance I, iniciado por la Directora de Obras e Infraestructura Arq. María Belén Lucarelli; y

Considerando

Que mediante Decreto N° 0507/23 se autorizó la obra de refacciones y acondicionamientos en el Barracón del Balneario Municipal para un mejor funcionamiento del lugar, con la puesta en valor del predio para optimizar los servicios y diferentes espacios, como ampliar 17 m2 la cocina y sectorizarla según las tareas que allí se desarrollan, baños y parrillas entre otras tareas, por el sistema de Administración –artículo 60°, Inc. a) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, con mano de obra municipal y contratada al efecto, con un Presupuesto Oficial de $14.231.860,00 y un término aproximado de realización de 150 días;

Que por Decreto Nº 0714/23 se adjudicó la Licitación Privada N° 13/23 por la contratación de “Mano de Obra Refacciones Barracón” al Sr. Torres Cecilio Javier por la suma de $5.800.000,00;

Que con fecha 02/10/23 la Directora de Obras e Infraestructura solicita un adicional para dicho proveedor con el fin de finalizar los trabajos en el Barracón;

Que el motivo de dicha solicitud es que, al comenzar con las tareas previstas al desmontar el cielorraso, se descubrió que no había aislación en la cubierta de chapa para aislar el salón térmicamente; además, se debió realizar una moldura con revoque grueso y fino para poder solucionar el revestimiento en paredes del salón, ya que la misma se encontraba fuera de plomo y las ventanas nuevas no quedaban a filo de la mampostería;

Que en la obra hubo que ejecutar arreglos de revoques en mal estado en los que el contratista no debía intervenir, pero al estar en obra fue necesario realizar de manera urgente estos trabajos para que los posteriores den los resultados esperados;

Que estas tareas no estaban previstas, por lo tanto el valor de la mano de obra correspondiente no estaba contemplada y debe adicionarse al presupuesto, por la suma de $747.059,00;

Que la Contaduría Municipal informa que el contrato a ampliar no supera el 20% del monto original, por lo que se aplica el artículo 146 de la LOM para su procedencia, el cual establece: “El Departamento Ejecutivo podrá disponer aumentos o reducciones de ítems contratados o creación de nuevos ítems cuyo valor no exceda en conjunto al veinte (20) por ciento del monto total del contrato, los que serán obligatorios para el contratista…”;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Autorícese la ampliación del contrato suscripto con el Sr. TORRES CECILIO JAVIER, CUIL 20-21505583-4, adjudicatario de la Licitación Privada N° 13/23 por la contratación de “Mano de Obra Refacciones Barracón”, autorizada mediante Decreto Nº 0714/23, por la suma de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y NUEVE ($747.059,00), para la realización de tareas no previstas en la obra en cuestión surgidas durante la ejecución de la misma, en el marco del artículo 146 de la LOM.

ARTICULO 2°: Lo dispuesto en el artículo 1° se atenderá por Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Categoría Programática 28.01.00 “Puesta en Valor Barracón Balneario Municipal”, Partida 4.2.1.0. “Construcciones en Bienes de Dominio Privado”, Fuente de Financiamiento 131 “De Origen Municipal”. Recurso 12.9.19.00 “Fondo para Obras y Servicios” (FOPOS).

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.565/23.