Boletines/Lujan
Decreto Nº 2310
Lujan, 26/10/2022
Autorización evento "Peña Folclórica Familiar" en el Club de Regatas
Visto
lo actuado en el expediente EX-2022-125831-MUNILUJAN-DRH#SGPC, referente a la autorización para realizar una peña Folclórica Familiar; y
Considerando
Que a orden 2, luce nota firmada por el señor Gustavo Fernández, gerente de Radio Ciudad de Luján, donde solicita permiso para realizar un evento denominado Peña Folclórica Familiar, en el predio del Club Regatas, sito en calle Luis Gogna, entre el Río Luján y calle San Roque, el día 6 de noviembre de 2022 en el horario de 11:00 a 19:00 horas.
Que a orden 4, se notifica de los requisitos necesarios para realizar el evento.
Que a orden 8, han cumplimentado con los mismos; presentando nota firmada por el presidente del Club Regatas autorizando la utilización del predio, comprobante de contratación y de pago de seguro Mercantil Andina, certificación de REBA vigente. Comprobante de contratación de servicio de emergencias médica, aclaratoria sobre la presencia de baños para los asistentes.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo por las razones fundadas precedentemente, todo ello bajo la exclusiva responsabilidad primaria de la Secretaría, Subsecretaría y/o Dirección impulsora de la sustanciación del procedimiento, como así también respecto del contenido y su redacción, conforme la Circular N°NO-2022-00041149-MUNILUJAN-SGPC.
Que el presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Autorizase al señor Walter Gustavo Fernández, DNI 14.490.481, a realizar un evento musical denominado “Peña Folclórica Familiar”, en el predio del Club de Regatas, sito en la calle Luis Gogna, entre el Río Luján y calle San Roque, el día 6 de noviembre de 2022, en el horario de 11:00 a 19:00 horas. -
Artículo 2º.- El organizador deberá, al momento de la realización del evento, estar munido de las constancias que acrediten el cumplimiento de los requisitos correspondientes, bajo apercibimiento de entender caída dicha autorización. -
Artículo 3º.- Los requisitos que deberán encontrarse cumplimentados al momento de la realización del evento son: seguro de responsabilidad civil y del espectador; servicio de emergencia médica; disponer de los recibos de pago correspondientes ante SADAIC y AADI-CAPIF en caso de corresponder, licencia para comercialización de bebidas alcohólicas REBA.-
Artículo 4°. - Los organizadores solicitantes se responsabilizarán exclusivamente de cualquier siniestro que pudiere ocasionarse a participantes y/o terceros. -
Artículo 5º.- Ante una falta grave comprobada por la fiscalización de personal municipal, caducará automáticamente el permiso o autorización otorgado. -
Artículo 6º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese a la institución peticionante, publíquese y archívese. -