Boletines/Lujan
Decreto Nº 2144
Lujan, 04/10/2022
Rescisión Contrato de Locación de Obra Cirilli Iriart Diego
Visto
el expediente EX-2022-00005493-MUNILUJAN-DRH#SGPC por el cual tramita la Contratación del Sr. Diego Hernán Cirilli iriart; y
Considerando
Que por Decreto N°460/22 se aprueba el contrato de locación de obra entre la Municipalidad de Lujan y el Sr. Diego Hernán Cirilli Iriart a partir del 01 Enero del 2022.
Que el Sr. Diego Hernán Cirilli Iriart ha incurrido en faltas injustificadas incumpliendo el contrato firmado.
Que se lo intimo mediante carta documento el día 7 de Junio del 2022 al domicilio Fray Manuel de Torres 1082, Dpto 3, la cual no pudo ser entregada por el correo al Sr. Diego Hernán Cirilli Iriart por ausencia en su domicilio legal, en reiteradas visitas. En consecuencia de ello, se envió un inspector general de fiscalización con una citación recibida por su empleada BRANCHINI AGUSTINA, la cual no fue cumplida al día de la fecha.
Que se procede por tal incumplimiento, según la cláusula octava del contrato suscripto que reza… “Rescisión del contrato: Las partes podrán rescindir el presente contrato en los términos establecidos en la normativa vigente, previa notificación de causa a la contraparte y siempre que los motivos que pudieran originar no se subsanaren en un plazo perentorio de treinta (30) días. En caso de rescisión debidamente fundada, notificada y consentida, la técnica deberá suspender de inmediato su trabajo en el área o sector asignado”.
Que por lo expuesto, habiendo transcurrido más de 30 días desde la recepción de la mencionada citación, se solicita se deje sin efecto el Decreto N° 460/22 del Sr. Diego Hernán Cirilli Iriart que se desempeñaba como profesor en psicología social en la Dirección de Abordaje Territorial y Asistencia Critica.
Que el presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Art. 107 ° y concordantes del Decreto Ley N° 1625/22. Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.-Rescindase el contrato de Locación de Obra celebrado entre la Municipalidad de Lujan y el Sr. Diego Hernán Cirilli Iriart a partir del 1 de mayo de 2022, por los motivos expuestos en los considerandos.-
Artículo 2º.-Dejase sin efecto el decreto N° 460 de fecha 18 de marzo de 2022 a partir del 1 de mayo de 2022.-
Artículo 3°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese, publíquese y archívese.-