Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 245/24
Hipólito Yrigoyen, 28/02/2024
Expediente Nº 4057-101/24.-
DECRETO Nº 245/24.-
Visto
Las actuaciones del expediente administrativo 4057-101/24, y los trabajos a realizar en el marco de los Talleres Culturales dependiente de Dirección de Cultura Municipal, se dictará el Taller: de Expresión Corporal en el marco del Programa de Atención Integral para personas con Discapacidad, y ------
Considerando
Que la Ley 14656 que rige las relaciones de empleo público de los trabajadores de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires vino a establecer un plexo normativo de contenido mínimo de derechos, incorporando nuevas garantías de justicia social, primacía de la realidad, progresividad e interpretación a favor del trabajador. -------------------------------------------------------------
Que es menester fijar un parámetro justo en relación a las retribuciones de los trabajadores municipales premiando el merito y el compromiso con las tareas asignadas desde la administración municipal. -----------------------------
Que en este sentido el Estatuto para el Empleado de las Municipalidades conforme Ordenanza Nº 30/2020, establece en su artículo 24 Inc j y en relación a las remuneraciones, como facultad del Departamento Ejecutivo, asignar bonificaciones completarías con el fin de estimular el ingreso de los agentes que cumplimenten requisitos excepcionales como los que fueran mencionados en este exordio. -------------
Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE MUNICIPAL DE HIPOLITO YRIGOYEN
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: OTORGUESE bonificaciones extraordinarias por estimulo conforme lo establece el artículo 24 del Estatuto para el Empleado Municipal, según Ordenanza 30/2020, a los siguientes agentes municipales y por los montos que se detallan a continuación:
ARTICULO SEGUNDO: ESTABLEZCASE que la remuneración por estimulo del artículo primero del presente será otorgada en un pago mensual por el mes de FEBRERO del corriente. --------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO TERCERO: IMPUTENSE las erogaciones a la siguiente partida:
Jurisdicción: 1110103000. Secretaria de Cultura – Categoría Programática- 18.00.00 – Dirección de Cultura- – Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal. ------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO CUARTO: DESE intervención a la Dirección de Personal y a la Dirección de Presupuesto y Contaduría para dar cumplimiento a lo ordenado en el presente. -------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO QUINTO: Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese. -----------------
SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA INTENDENTE MUNICIPAL
Dr. Martín Arpigiani Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni