Boletines/Carlos Tejedor
Decreto Nº 384/24
Carlos Tejedor, 27/02/2024
Visto
El expediente número 4020-7173/2023 “PROYECTO LAS CORTADERAS – 198 LOTES RESIDENCIALES en Tres Algarrobos, Carlos Tejedor”.
Considerando
Que, dicho proyecto fue aprobado por el Honorable Concejo Deliberante mediante ordenanza N° 2830/2023 de fecha 16/02/2023 y promulgado por decreto 783/2023 con fecha 17/02/2023.
Que, mediante ordenanza N° 2853/2022 se determinó la incorporación al “banco de tierras” de las parcelas que resultaron de dicho convenio y se autorizó a la venta de las mismas en conformidad con lo establecido en la ordenanza 2671/2020.
Que, dicho proyecto fue aprobado también, por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a través de la Subsecretaría de Hábitat por resolución N° RESO-2023-141-GDEBA-SSHCMDCGP-12/07/2023.
Que, la venta de los lotes se realiza bajo dos instancias: 199 lotes en venta directa por parte del privado (Adrián Valentín González) y 79 lotes correspondientes al Municipio de Carlos Tejedor mediante sorteo público.
Que, se establecieron las Bases, Condiciones y Requisitos para el procedimiento y adjudicación de los Lotes generados a través de la Ley de Hábitat.
Que, luego de haber realizado la inscripción de los aspirantes desde el día lunes 22 de septiembre al viernes 17 de noviembre del corriente año, y de realizar un exhaustivo análisis de cada uno de los inscriptos para corroborar que cumplan con los requisitos exigidos previamente, se debe llevar a cabo el sorteo correspondiente a los 79 lotes del municipio.
Por ello:
LA INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º: Apruébese como listado ÚNICO de aspirantes a los setenta y nueve (79) lotes municipales el “ANEXO I” del presente.
ARTÍCULO 2°: Publíquese en la página web del municipio, pizarra en el hall de entrada del Palacio Municipal y hall de entrada de la Delegación Municipal de Tres Algarrobos el listado ÚNICO de aspirantes a los setenta y nueve (79) lotes municipales.
ARTÍCULO 3°: Establézcase un plazo de setenta y dos (72) horas hábiles a partir de la firma del presente decreto de autos para dar lugar a cualquier oposición que, justificadamente, se solicite y fundamente, oponiéndose a la postulación formulada.
384/24
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