Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 138/2024
Adolfo Gonzales Chaves, 22/02/2024
Visto
Que el trabajador municipal de planta permanente Gustavo Vallejo, realiza tareas en el Hospital Anita Elicagaray, fuera del horario habitual de trabajo, que consisten en la carga y actualización de datos estadísticos en el módulo extrahospitalario del Sistema de Gestión de Camas del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires; y
Considerando
Las atribuciones emanadas de la Ley 14.656, artículo 6º, último párrafo, que reza: “Los derechos detallados son meramente enunciativos y el Municipio podrá instituir con carácter permanente o transitorio, general o sectorial, otras bonificaciones”;
Por ello;
la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- Establécese a partir del día 1 de febrero de 2024 la suma de pesos cien mil ($ 100.000) mensuales, en concepto de bonificación remunerativa y no bonificable, al trabajador municipal GUSTAVO VALLEJO, DNI Nº 24.853.927, Legajo 1443, quien realiza tareas en el Hospital Anita Elicagaray, fuera del horario habitual de trabajo, que consisten en la carga y actualización de datos estadísticos en el módulo extrahospitalario del Sistema de Gestión de Camas del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 2º.- El pago de la retribución establecida será imputado a la cuenta del Presupuesto de Gastos vigente que corresponda.-
ARTÍCULO 3º.- Déjese sin efecto lo establecido en el Decreto Nº 1130/2021.-
ARTÍCULO 4º.- Tomen razón Oficina de Personal, Jefe de Liquidaciones y Subsecretario de Recursos Humanos.-
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-