Boletines/General Villegas

Resolución Nº751/23

Resolución Nº 751/23

Publicado en versión extractada

General Villegas, 27/12/2023

VISTO:

El Expediente Nº 9479/14 Alcance 1, correspondiente a la habilitación municipal y anexo provisorios de un comercio, perteneciente a la señora Marcela Alejandra Maldonado, dedicado a la explotación del rubro “Prendas de vestir - Zapatería”, a partir del 25 de diciembre de 2014; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resoluciones Nº 708/15 y 120/22, agregadas a fojas 31/32 y 107/108, respectivamente, se registró la habilitación y anexo provisorios, correspondiente al Contribuyente Nº 21381.

Que por Expediente Nº 9479/14 Alcance 4, agregado a fojas 113, la titular del comercio solicita una extensión de la habilitación provisoria.

Que se labraron Acta de Inspección Nº 10166 y Censo de Comercio e Industria Nº 12239, declarando no poseer empleados en relación de dependencia (fojas 115 y 116).

Que el Departamento de Rentas a fojas 121, informa que el contribuyente no registra deuda.

Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente, no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Escritura del inmueble y Plano de Obra Aprobado, según Ordenanza Nº 3666 – Anexo I – Capítulo I – Artículo Primero – Incisos 7 y 9).

Que a fojas 144 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Prorrógase la habilitación y anexo provisorios, otorgado por Resoluciones Nº 708/15 y 120/22, de un comercio dedicado a la explotación del rubro “PRENDAS DE VESTIR - ZAPATERIA”, denominación comercial “NAMASTE”, de la señora MARCELA ALEJANDRA MALDONADO, DNI Nº 20.033.907, Contribuyente Nº 21381, Codificadores de Rentas Nº 62200-02 y 62200-04, NIS Nº 1050651-01 – T1R – Residencial, con domicilio comercial en calle Sarmiento Nº 59 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 7, Parcela 16, fecha de alta 25 de diciembre de 2014, sin empleados en relación de dependencia, Expediente Nº 9479/14 Alcance 1.

ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase a la señora MARCELA ALEJANDRA MALDONADO, DNI Nº 20.033.907, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666, y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.

ARTÍCULO TERCERO: La prórroga concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.

ARTÍCULO CUARTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Segundo, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente, que cumplimente la documentación, de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también informar que es obligación del contribuyente, comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación, dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.

ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, División Comercio e Inspección, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.