Boletines/La Plata
Decreto Nº 0818/24
La Plata, 15/05/2024
Visto
lo dispuesto por las Ordenanzas N° 7084 y N° 8258, N° 9614 de creación de los Juzgados de Faltas en el partido de La Plata y la necesidad proceder a la reorganización funcional de los mismos con una nueva distribución de competencias tendiente a optimizar la protección de los derechos de los contribuyentes platenses; y
Considerando
Que, mediante el Decreto N°2203/18 y sus modificatorios se distribuyeron tanto las competencias como el régimen de subrogaciones para los Juzgados de Faltas;
Que se considera oportuno, para atender de manera óptima y con la celeridad que la administración de justicia de faltas municipal demanda, modificar el régimen de subrogancia vigente;
Que, asimismo, resulta conveniente asignar al Juzgado Municipal de Faltas N° 5 lo atinente en materia de Obras Públicas, Planeamiento Urbano y Obras Particulares, dejando sin efecto el Decreto N° 2494/22;
Que, por lo expuesto, deviene oportuno modificar el Decreto N° 2203/18 y dejar sin efecto los Decretos N° 2494/22 y N°3786/23;
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley Nº6769/58);
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Dispóngase que el Juzgado de Faltas N°3 será subrogado por el Juzgado de Faltas N°1; déjase sin efecto el Decreto N°3786/2023 y cualquier otra normativa que se oponga a esta.-
ARTÍCULO 2°: Déjase sin efecto el Decreto N° 2494/2022, y fíjese como propia exclusiva, del Juzgado de Faltas Municipal N° 5, las competencias respecto a todo lo atinente a las materias de Obras, Planeamiento Urbano y Obras Particulares.-
ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Justicia.-
ARTÍCULO 4º: Regístrese, notifíquese, comuníquese, dése al Boletín Oficial Municipal. Cumplido, archívese.
Dr. Julio Alak. Intendente. Marina Mongiardino. Secretaria de Justicia.