Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1528/23

Decreto Nº 1528/23

Coronel Pringles, 05/10/2023

Visto

el Expediente N° 2.218/23, iniciado por Empresa Mypsa Ingeniería S.A.; y

Considerando

Que a fs. 1 solicita autorización para realizar trabajos en la vía pública en el marco de la Obra Extensión de Red de Gas Natural en calle Sáenz Peña (10) N°2.100 e/ Villegas (62) y Héroes de Chancay (61) de esta ciudad, consistente en la excavación de una zanja de 94 metros lineales;

Que la Dirección de Obras e Infraestructura manifiesta que no existe inconveniente en dar lugar a lo peticionado, encargándose dicha empresa del zanjeo, tapada y pozo de interconexión, así como también de la señalización, de acuerdo a las especificaciones técnicas vigentes adjuntas de fs. 4 a 7 del Expediente N° 2.218/23, luciendo el Plano de Referencia;

Que la inspección correspondiente estará a cargo de Camuzzi Gas Pampeana, estando la obra a cargo de la firma Mypsa Ingeniería S.A.;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;                              

  EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Autorícese a la firma MYPSA INGENIERÍA S.A. a realizar trabajos en la vía pública en el marco de la Obra “Extensión de red de gas natural” en calle SÁENZ PEÑA (10) N° 2.100 e/ Villegas (62) y Héroes de Chancay (61), de esta ciudad, consistente en la excavación de una zanja de 94 metros lineales, y posterior tapada y compactación de la excavación, encargándose el requirente del zanjeo, tapada y pozo de interconexión así como también de la señalización de acuerdo a las especificaciones técnicas vigentes, la inspección correspondiente estará a cargo de Camuzzi Gas Pampeana, previo pago  de la tasa “Derechos Técnicos” – art. 23°, inc. 5) de la Ordenanza Impositiva vigente.

ARTICULO 2°: Los montos que surjan de lo dispuesto en el artículo 1° ingresarán a la Cuenta “Derechos de Construcción” del Cálculo de Recursos vigente.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL N° 1.528/23.